A horas de la elección: Renuncia de candidatos ya no permite sustituciones

El candidato del Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-Bol) Amilcar Barral Cabero, anunció este sábado su renuncia a la postulación de alcalde en La Paz, cuando faltan menos de 24 horas para las elecciones subnacionales.

El candidato Amilcar Barral de PAN-Bol declinó este sábado su postulación a la Alcaldía paceña

El candidato por PAN-Bol a la Alcaldía de La Paz Amilcar Barral, anuncio este sábado la renuncia a su candidatura.

El candidato del Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-Bol) Amilcar Barral Cabero, anunció este sábado su renuncia a la postulación de alcalde en La Paz, cuando faltan menos de 24 horas para las elecciones subnacionales.

Con esta noticia, surgen dudas razonables en el electorado sobre las renuncias que se dan en las últimas 24 horas o en el mismo día de la elección.

¿Se puede sustituir la candidatura?, ¿qué pasa con los votos colocados en la papeleta a favor de estos candidatos?, ¿esos votos son tomados en cuenta?, ¿qué dice el reglamento electoral?, son parte de las interrogantes que trataremos de aclarar.

“Por nuestro compromiso de no permitir que el MAS asalte las arcas del municipio ni la Gobernación, hemos decidido declinar nuestra candidatura a la Alcaldía y respaldar a Iván Arias Durán al municipio de La Paz y al ‘Tata’ Quispe a la Gobernación”, posteó Barral en su cuenta de Twitter.

Sobre el particular, Bolivia Verifica consultó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) hasta qué momento pueden ser aceptadas las renuncias a las postulaciones a los diferentes cargos en estas elecciones subnacionales.

La respuesta oficial es que todas las renuncias de manera formal, pueden ser presentadas hasta un día antes de la elección, es decir este sábado 6 de marzo.

Sin embargo, la renuncia debe ser formalizada con una carta al Tribunal Electoral Departamental (TED) o el TSE, no cuenta el solo anuncio.

¿Pueden sustituirse?

Si un candidato decide renunciar en las últimas 24 horas a su postulación, ¿el partido o frente político puede sustituirlo?  Según la Ley 026 de Régimen Electoral, las sustituciones de candidaturas por causas de renuncia, pueden ser presentadas hasta “45 días antes de las elecciones”, indica.

En el caso de “inhabilitación, fallecimiento, impedimento permanente e incapacidad total”, pueden presentarse sustituciones hasta tres días antes del día de votación, aunque ya no cambia el nombre ni la imagen del candidato original en la papeleta.

Es decir, en casos como el de Barral, sí puede aceptarse la renuncia 24 horas antes de la elección, pero ya no sustituirse la candidatura.

¿Y si declina el mismo día de la elección? En este caso, el TSE ya no acepta renuncias oficialmente, aunque el candidato puede hacer el pedido público al electorado para que no lo tomen en cuenta al momento de depositar su voto. En esta situación, los votos que reciba el postulante, igual son sumados en el conteo oficial.

En el caso de las renuncias recibidas formalmente en las últimas 24 horas  previas a la elección, los votos serán sumados en el conteo en el recinto electoral y el TSE deberá emitir posteriormente una resolución.

En dicha resolución, el TSE debe  declarar “nulos” los votos emitidos a favor de estos candidatos para sumarlos al cómputo oficial.

 

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