Seis preguntas y respuestas sobre el Estatuto Migratorio Andino que beneficia a ciudadanos de cuatro países

Mediante esta norma se regula la residencia temporal y permanente de los ciudadanos de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú

Mediante esta norma se regula la residencia temporal y permanente de los ciudadanos de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú

El miércoles 12 de mayo, los países miembros de la Comunidad Andina (CAN) aprobaron el Estatuto Migratorio Andino, el cual regula el derecho comunitario de circulación y establece la residencia temporal y permanente para los ciudadanos andinos. Pero, de ¿qué trata este documento? Aquí resolvemos algunas dudas:

¿Que países confirman la CAN?

Los países que la conforman son Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.

¿En qué consiste la normativa de Residencia Temporal?

La nueva norma establece que la Residencia Temporal Andina autorizará a los ciudadanos CAN a permanecer hasta por dos años en el territorio de un país miembro distinto al de su nacionalidad. Esto podrá ser gestionado en la sede consular del país de destino o si el ciudadano se encuentra en el territorio del país de inmigración, deberá tramitarla ante la autoridad migratoria competente.

¿En qué consiste la normativa de Residencia Permanente?

La Residencia Permanente Andina autorizará a los ciudadanos de los cuatro países a permanecer por tiempo indefinido en el territorio de un país miembro distinto al de su nacionalidad, para lo cual deberán presentar su solicitud ante la autoridad competente del país de inmigración, dentro de los noventa días anteriores al vencimiento de la Residencia Temporal Andina.

¿En cuánto tiempo entrará en vigencia esta norma?

Entrará en vigencia dentro de 90 días.

¿Cuáles son los beneficios de tener algunas de estas dos residencias?

Los ciudadanos andinos que obtengan alguna de las residencias podrán entrar, salir, circular y permanecer libremente en el territorio de inmigración, previo al cumplimiento de las formalidades previstas por este. Además, tendrán derecho a acceder a cualquier actividad, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, en las mismas condiciones que los nacionales de los países de recepción, de acuerdo con las normas legales de cada Estado.

¿Qué documentos se necesitan para ingresar a los países CAN?

Los ciudadanos CAN podrán ser admitidos e ingresar en cualquiera de los otros países miembros, en calidad de turistas, mediante la sola presentación de uno de los documentos nacionales de identificación, válido y vigente en el país emisor, y sin el requisito de visa. La permanencia será por un periodo de 90 días prorrogables por otros 90 días sin que supere los 180 días calendario continuos o discontinuos en el mismo año.

Ver video completo de la intervención del Secretario General de la CAN en la reunión del Consejo Andino de Ministros, aquí:

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