¿Qué sabemos sobre la importación de vacunas por parte de privados?
Normativa ambigua, declaraciones contradictorias y mercados limitados, son aspectos que dificultan el intento de las farmacéuticas bolivianas de adquirir vacunas contra el coronavirus
Normativa ambigua, declaraciones contradictorias y mercados limitados, son aspectos que dificultan el intento de los privados de adquirir vacunas contra el coronavirus
La búsqueda de inmunizar a la población para hacer frente al coronavirus es de interés no sólo del Gobierno central sino también de los otros niveles del Estado, de los gremios sanitarios y de las empresas vinculadas a la comercialización de fármacos.
El retraso del plan de inoculación masiva y la evidente escasez de vacunas, eleva voces críticas demandantes que reclaman la libre importación y cuestionan supuestas restricciones que impone el nivel central. Desde el Gobierno, por su parte, las voces han sido ambiguas o confusas sobre el tema. ¿Qué sucede realmente?
La normativa en Bolivia
En el país hay dos decretos supremos que hablan de la adquisición de vacunas: el DS 4432 y el DS 4438. El primero tiene por objeto autorizar hasta el 31 de diciembre de 2021, “a las entidades competentes” la contratación directa de vacunas, pruebas y medicamentos para la atención de la Covid-19.
¿Quiénes son las entidades competentes? El Decreto señala al “Ministerio de Salud y Deportes, a las Entidades Territoriales Autónomas, a las entidades de la Seguridad Social de Corto Plazo, a la Central de Abastecimiento y Suministros de Salud – CEASS y a la Agencia de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico – AISEM”. Es decir, reparticiones estatales, gobiernos en distintos niveles y cajas de seguro sanitario.
Como la norma no trata exclusivamente de “vacunas” sino también de otros insumos, es un tanto ambigua. Por ejemplo, si bien al inicio señala a un amplio listado de “entidades competentes”, el artículo 4 dedicado exclusivamente a la “contratación de vacunas”, se limita a señalar como único actor a la Central de Abastecimiento y Suministros de Salud – CEASS (unidad descentralizada que opera demandas del Ministerio de Salud).
Por su parte, el DS 4438 establece los requisitos que deben cumplir los “proveedores de vacunas contra la Covid-19” en el mercado interno. Esta normativa señala como “proveedores” a los distintos niveles de gobierno y a las entidades de la Seguridad Social de Corto Plazo. Entre los requisitos está el registro sanitario de la Agemed, el informe técnico de viabilidad del Ministerio de Salud, el NIT y el RUPE.
Curiosamente, la norma indica en su artículo 5 que la “comercialización” está autorizada desde la CEASS hacia “los subsectores públicos” de la Seguridad Social de Corto Plazo y privado del sistema nacional de salud, pero establece como objetos de comercio únicamente a las “pruebas diagnósticas, medicamentos, dispositivos médicos, insumos, reactivos y equipamiento médico”, no así a las vacunas (objeto principal del decreto).
Al respecto, el alcalde paceño Luis Revilla indicó que observaba dos posibilidades trazadas desde la norma: adquirir vacunas en territorio nacional de algunos representantes o hacer gestiones ante el Ministerio de Salud para que ellos compren.
Por tanto, como se puede observar, si bien se habla de “entidades competentes” y “proveedores de vacunas” hay algunas ambigüedades tejidas entre las normas que no aclaran de manera concreta el procedimiento de adquisición de vacunas contra la Covid-19.
Contradicciones en el Gobierno y el avance de la gestión privada
El vocero presidencial, Jorge Richter, aclaró que los Gobiernos subnacionales pueden comprar las vacunas anticovid porque no hay normativa que lo prohíba, además, indicó que los privados también puede acceder a la compra de vacunas pero que deben “tramitar” a través de Agemed.
“Ellos pueden ejercer ese derecho de compra e importación, lo tramitan a través de la Agemed, no tenemos conocimiento de que verdaderamente lo hayan iniciado, pero si hay alguien que quiere importarlo (las vacunas) pues adelante”, señaló el mes pasado el vocero del Gobierno, Jorge Richter.
Por su parte, el viceministro de Defensa del Consumidor, Jorge Silva, señaló en conferencia de prensa que las alcaldías no estaban en condiciones de adquirir vacunas por no poseer la logística requerida. Asimismo, manifestó de manera explícita que “ninguna empresa privada está autorizada para comprar o vender vacunas”.
Viceministro @JorgeSilvaTruj1: «De acuerdo con la normativa ninguna empresa privada está autorizada para comprar o vender vacunas. La normativa vigente señala que el Estado es la única instancia que puede comprar y suministrar la vacuna en forma gratuita y voluntaria».
Video: ⤵️ pic.twitter.com/6Xz9fBlKsw
— Ministerio Justicia y Transparencia Institucional (@MinJusticiaBol) April 9, 2021
La cadena farmacéutica Farmacorp, anunció en febrero que evaluaba la compra de vacunas contra la Covid-19. Consultada sobre avances en el tema, la gerente de Comunicación, Sissy Añez, explicó a Bolivia Verifica que la empresa está cumpliendo con la normativa respectiva, que la adquisición es a través de los gobiernos y que hay complicación por la escasez mundial de vacunas.
“Las vacunas están siendo entregadas (por las framacéuticas) a través de los gobiernos. Nosotros estamos viendo el procedimiento que hay en Bolivia y cumpliendo requisitos en función a la normativa, considerando el tema de la demanda en el mundo. Ahora no tenemos ninguna novedad. Esperamos que pronto podamos tener noticias”, manifestó Áñez.
No hay un mercado privado de vacunas
El debate sobre la privatización de las vacunas no es un tema exclusivo de nuestro país. Por ejemplo, según Salud con Lupa, un sitio peruano especializado en salud, en Brasil el sector privado ha tenido avances aunque sin frutos positivos: el presidente Jair Bolsonaro dio la autorización y un conglomerado de clínicas brasileñas -denominado ABCVAC- quienes anunciaron que se encontraban en negociaciones con AstraZeneca. Pero la misma farmacéutica salió a desmentirlos aduciendo que no negocian con entidades privadas.
Pese a que se han registrado iniciativas en varios países, hasta el momento ninguna prosperó. La principal causa es la alta demanda y la escasa producción que está priorizando el negocio directamente con unidades estatales. Si la pugna ya es conflictiva, la apertura a comercializadores privados la hace aún más pedregosa, pues se tendría aún mayor cantidad de demandantes.
Un diputado argentino lo explicó así a Chequeado: “En este momento la Argentina está intentando comprar a todos los laboratorios que hay en el mundo para poder distribuir en el Programa Nacional de Vacunación todas las vacunas. Entonces, si vos salís como un hospital privado o provincia a querer comprarle las mismas vacunas, porque no hay otras, generás una competencia con el mismo Estado nacional, y a la larga se genera un desvío de los objetivos del Plan Nacional de Vacunación”.
El problema que ahonda la velocidad de la producción de vacunas es el obstáculo de las patentes. Es decir, el hecho de que sólo pueden producirlas quienes las desarrollaron, hace que se frene la capacidad de producción mundial. Por ello, más de 99 países apoyan la exención de propiedad intelectual de los medicamentos, vacunas, pruebas de diagnóstico y otras tecnologías de COVID-19 mientras dure la pandemia, hasta que se logre la inmunidad mundial.
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