La resolución del Tribunal de Justicia sobre el año escolar no menciona clases presenciales

Víctor Hugo Cárdenas, ministro de Educación, considera que resolución del Tribunal de Justicia departamental exige el retorno a clases presenciales y afirma que ese fallo es político y no jurídico. Sin embargo, la resolución no lo establece la modalidad de las clases

Víctor Hugo Cárdenas, ministro de Educación, considera que resolución del Tribunal de Justicia Departamental exige el retorno a clases presenciales y afirma que ese fallo es político y no jurídico. Sin embargo, la resolución no establece la modalidad de las clases

 

El Ministro de Educación, Víctor Hugo Cárdenas, dijo que la resolución que anula la clausura del año escolar busca el retorno a clases presenciales y que atenta contra la salud. Sin embargo, en la resolución del tribunal no se conmina el retorno a la educación presencial, por lo tanto es una interpretación falsa.

Cárdenas también afirmó, en conferencia de prensa el 20 de agosto, que el dictámen del Tribunal de Justicia Departamental de La Paz, 105/2020, que deja sin efecto la resolución ministerial 050/2020 que establece la clausura del año escolar, es una decisión política y no jurídica.

Justificó su afirmación rememorando los cargos que ocupó el presidente de la sala primera de ese tribunal, Israel Campero Méndez en el gobierno anterior y remarcó que el Movimiento Al Socialismo busca dañar la salud al exigir el retorno a clases presenciales, afirmación última que hace sobre la base de que el abogado de la diputada Lidia Paty Mullisaca habría exigido clases presenciales durante el desarrollo de la audiencia en ese tribunal.

Para ahondar las razones por las que el ministro alegó que se busca volver a clases, Bolivia Verifica desde el 20 de agosto intentó hablar con él y no atendió a más de 25 llamadas. En un contacto, anunció la conferencia de prensa que brindaría por la tarde en la Casa del Pueblo en la misma que reiteró los argumentos expuestos anteriormente, pero no aclaró dónde se establece que se busca retornar a clases presenciales.

Se buscó otras vías para comunicarnos con Cárdenas y tener claro cuál es su fuente y desde comunicación del Ministerio se nos aclaró que las respuestas están en el comunicado emitido por esa cartera, el que se publica en la presente nota.

La resolución dice:

“La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resuelve:

Primero: Conceder la tutela solicitada por los participantes y en cuyo mérito se deja sin efecto la resolución ministerial 0050/2020 del 31 de julio de 2020.

Segundo: Se instruye a que el nivel central del Estado, a través del Ministerio de Educación, en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la notificación con esta resolución que a efecto del Código Procesal Constitucional provea una política pública integral para garantizar por todos los medios el derecho a la educación de los ciudadanos en edad escolar, para tal efecto, el nivel central del Estado deberá realizar este trabajo con todos los actores de la educación nacional: Colegios privados, magisterio urbano, magisterio rural, padres de familia públicos y privados debiendo (ojo con esto) todos los actores unir su responsabilidad y no evadirla bajo ninguna circunstancia. Esta resolución emitida en la fecha será remitida al Tribunal Constitucional en el plazo que establece la ley”.

Israel Campero afirmó que lo declarado por el Gobierno y concretamente por el ministro Cárdenas es un error ya que la resolución no pide clases presenciales, pero sí una política integral que permita trabajar sobre la marcha y resolver el acceso a la educación por plataformas digitales y educación a distancia.

 

 

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