Falso: No es cierto que la modificación de los 2/3 ocurrió fuera del mandato de los asambleístas

Según el calendario electoral, luego de la entrega de credenciales se procede a la toma de posesión y recién ahí concluye el mandato de los salientes diputados y senadores.

A través de Twitter ha circulado la afirmación que tras la entrega de las credenciales a los nuevos asambleístas electos se extingue el mandato de los anteriores, por tanto, la aprobación de la modificación del reglamento interno, tanto de senadores como de diputados, estaría fuera de mandato. Una de las personas que ha difundido este argumento es Waldo Albarracín, exdefensor del Pueblo. Sin embargo, esta información es falsa. Según la Ley N. 1270 el mandato de los salientes terminará con la posesión de las nuevas autoridades, evento que aún no ha ocurrido.

La Ley Excepcional de Prórroga del Mandato Constitucional de Autoridades Electas con fecha 20 de enero de 2020, establece en su artículo 4 que los asambleístas cumplirán funciones hasta la posesión de nuevos parlamentarios.

Artículo 4°.- (Prórroga excepcional del mandato de autoridades) Excepcionalmente se prorroga el mandato de la Presidenta del Estado Plurinacional, las y los Asambleístas de la Asamblea Legislativa Plurinacional y las Autoridades Electas de las Entidades Territoriales Autónomas elegidas para el periodo 2015-2020 hasta la posesión de las nuevas autoridades para el periodo 2020-2025.

Según el calendario electoral luego de la entrega de credenciales, la siguiente actividad es la posesión de las autoridades electas que deberá realizarse entre el 23 de octubre y el 14 de noviembre de 2020.

Sergio Choque, presidente de la Cámara de Diputados, indicó en contacto con Bolivia Verifica que el acto de posesión está previsto para la tarde del día martes 3 de noviembre de 2020. Por tanto, a partir de allí concluirá el mandato de los salientes asambleístas e iniciará el periodo legislativo de los recién electos diputados y senadores.

Desde Bolivia Verifica consultamos a Albarracín cuál era la normativa que respaldaba su denuncia sobre “competencia inexistente” ya que, la Ley. N. 1270 delimita el fin de mandato de los parlamentario y éste aún no se ha cumplido. El exdefensor del Pueblo explicó que su argumento estaba en base a la Constitución Política del Estado.

“La CPE señala que la gestión de los asambleístas es de cinco años, por tanto, ellos ya estaban en un mandato por fuera de lo establecido. Ninguna ley o norma puede ir por encima de la Carta Magna”, aseveró Albarracín.

El 15 de enero de 2020, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) aprobó por unanimidad la constitucionalidad de la ley de prórroga de mandato de la Asamblea Legislativa  para evitar un vacío de poder hasta que las nuevas autoridades sean posesionadas. A continuación te dejamos la resolución del TCP que avaló la prórroga.

Tribunal Constitucional Plu… by Jessicag

 

 

 

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