Falso: El dióxido de cloro aún no está autorizado para combatir el coronavirus

“Se autoriza la venta y uso de dióxido de cloro”, titula una nota de RTP Bolivia que fue compartida en sus redes sociales. Sin embargo, el proyecto de ley solo fue aprobado en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y para que sea puesto en vigencia aún debe ser aprobado por el pleno y promulgado por la presidenta Áñez, por lo cual esta información es falsa.

La Comisión de Salud en Diputados aprobó el proyecto de ley que fue remitido desde el Senado. Sin embargo, aún debe ser aprobado por el pleno de la Cámara Baja, promulgado por el Poder Ejecutivo y publicado en la Gaceta Oficial para entrar en vigencia

 

Nota en la que se indica de la aprobación de la venta y distribución del dióxido de cloro.

 

“Se autoriza la venta y uso de dióxido de cloro”, titula una nota de RTP Bolivia que fue compartida en sus redes sociales. Sin embargo, el proyecto de ley solo fue aprobado en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y para que sea puesto en vigencia aún debe ser aprobado por el pleno y promulgado por la presidenta Áñez, por lo cual esta información es falsa.

En el video que acompaña la nota se ve a los integrantes de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados. Entre ellos, al diputado Franklin Flores, quien habla de la normativa como si estaría aprobada y puesta en vigencia, pero en realidad se refiere al nombre del proyecto de ley.

El nombre del proyecto de ley es: “Se autoriza la elaboración, comercialización, suministro y uso de la solución de dióxido de cloro (SDC) como prevención y tratamiento ante la pandemia del coronavirus COVID-19”.

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¿Está permitida la venta de dióxido de cloro?

La respuesta es no. En realidad el proyecto de ley fue aprobado en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, misma que aún lo remitió para su tratamiento al pleno.

“Es una ley que viene del Senado que va a ser tratada en el pleno”, confirmó en un breve contacto telefónico a Bolivia Verifica el presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, Franklin Flores Córdoba.

Es decir, este proyecto todavía debe entrar en debate en la Cámara de Diputados, siguiendo el proceso legal.

“Estaría entrando al pleno de la Cámara Baja”, acota a Bolivia Verifica la diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Sonia Condori Chalco.

El tratamiento del proyecto de ley: “Se autoriza la elaboración, comercialización, suministro y uso de la solución de dióxido de cloro (SDC) como prevención y tratamiento ante la pandemia del coronavirus COVID-19”, está previsto para las 9.00 en la sesión plenaria de este cinco de agosto.

Orden del día de la 370 sesión ordinaria, donde será tratado el proyecto de ley para la elaboración y comercialización del dióxido de cloro.

El proceso que resta a seguir

En la Cámara de Diputados el proyecto deberá pasar por dos etapas: la aprobación en grande y en detalle.

“Cada aprobación requerirá de la mayoría absoluta de los miembros presentes”, indica el artículo 164 de la Constitución Política del Estado.

De darse los pasos mencionados, el proyecto deberá pasar a manos del Ejecutivo, es decir de la presidente, Jeanine Áñez Chávez, quien será la responsable de promulgar la ley o no.

La mandataria también puede realizar  sus observaciones, teniendo un plazo de diez días para hacerlo desde su recepción.

Si existen observaciones desde el Ejecutivo, el proyecto deberá ser devuelto al Legislativo.

Si la Asamblea Legislativa considera fundadas las observaciones,  modificará la ley conforme a estas y la devolverá al Órgano Ejecutivo “para su promulgación”, según normativa.

En caso de que las observaciones sean declaradas por la mayoría del Legislativo como “infundadas”, la presidente de la Asamblea pasa a ser la responsable de promulgar la ley.

Prohibición de venta del dióxido de cloro

Existe un comunicado oficial del Ministerio de Salud donde alerta de los peligros en el consumo de dióxido de cloro.

Según este comunicado, los efectos secundarios son: falla respiratoria, metahemoglobinemia, prolongación del espacio QT en el electrocardiograma, hipotensión causada por deshidratación, falla hepática aguda- anemia hemolítica,  vómitos y diarrea severa, además de trastornos hidroelectrolíticos.

Además está vigente el instructivo ministerial 038/2020 que en el punto “IV” de “tratamientos alternativos/complementarios”, prohíbe el uso de este producto en todo el territorio nacional.

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