Evo afirma que sigue siendo presidente y eso es falso

A través de su cuenta de Twitter, el expresidente de Bolivia Evo Morales publicó que él sigue siendo autoridad del país y que la actual presidente, Jeanine Áñez, fue posesionada faltando la Constitución Política del Estado. “Legalmente sigo siendo Presidente. Mi renuncia no fue considerada por la Asamblea Legislativa como dispone el Art. 161 Num. 3 de la CPE. De haber sido aceptada, tampoco se cumplieron los procedimientos para una sucesión constitucional por lo que Áñez se autoproclamó ilegalmente”, escribió Morales la mañana de este 19 de diciembre de 2019, a 38  días de estar fuera del país.

¿Evo Morales sigue siendo presidente del Estado Plurinacional de Bolivia?

En referencia al tuit, el politólogo Franklin Pareja manifiesta que el mensaje es una figura atípica y que su renuncia sí debió tratarse en la Asamblea Legislativa. “Al haber salido del país, materialmente era imposible considerar su renuncia  porque el señor  Morales ni siquiera esperó que se pronuncie  Asamblea Legislativa. En definitiva, lo que él ha hecho es un abandono de funciones. Inmediatamente procede la prelación sin la necesidad de considerar su renuncia”, explicó Pareja.

Sobre este punto, Marcelo Silva, politólogo de profesión, indica que el tuit “carece de un argumento jurídico y constitucional” porque ya existe un gobierno que está más de un mes y que cuenta con el reconocimiento de los tres Poderes: Legislativo, Judicial y Ejecutivo. “Estuvo fuera del país más de 10 días, por lo tanto el expresidente no solamente renunció, sino que presentó un abandono del cargo, hecho que fue interpretado por el Tribunal Constitucional”, afirmó.

¿Jeanine Áñez se autoproclamó?

Como también renunció el vicepresidente y la presidenta de la Cámara de Senadores, el cargo de primera autoridad del país, por prelación (o prioridad), recayó en Jeanine Áñez ya que era la vicepresidenta del Senado. “Nadie se ha autoproclamado en el país. Es lo que corresponde y lo que está en el ordenamiento jurídico boliviano”, precisó Pareja.

El Gobierno de Jeanine Áñez, complementó Silva, es transitorio y se apega a la reglamentación Constitucional. “El artículo 170 de la CPE establece con mucha nitidez que hay causales de que cese el mandato de forma inmediata. El abandono del país y del cargo es una causal inmediata de cese de las funciones”.

En tanto que el expresidente de Bolivia Jorge Tuto Quiroga respondió al tuit de Evo Morales señalando que se procedió de manera legal y constitucional para que Jeanine asuma el cargo de presidente.

Aclaraciones a Evo: 1) Art. 168 limita a 2 mandatos. Tú estabas en 3º, buscando 4º y violando 21F. 2) Arts. 169/170 víctimas sucesión ante ausencia. Tú te asilaste y fugaste el 11-nov. 3) 003/2001 del TCP, refrendado 12-nov, señala sucesión ipso facto a@JeanineAnez“, remarcó Quiroga en esa red social. 

Evo Morales genera “confusiones” a través de sus tuits

Las publicaciones que fue realizando el expresidente Morales, indicando que hubo “golpe de Estado” o “Gobierno de Facto”, han generado “confusión” fuera del territorio boliviano y su intención es confundir al ente internacional, según Pareja.

“Las declaraciones del expresidente Morales tienen un objetivo: que es generar inestabilidad, conflicto, generar confusión en el imaginario internacional  para que piensen que él ha sufrido un golpe de Estado, que hay un ejército masacrador, que hay una población racista y que hay una Policía represora”, puntualizó.

Para Silva, este accionar trata de llamar la atención de los medios de comunicación “para no perder vigencia” porque Morales se encuentra fuera del país. Esto se incrementa aún más con la orden de aprensión que se publicó el 18 de diciembre contra el exmandatario. “Es llamar la atención”, enfatizó el analista.

¿Hubo golpe de Estado Bolivia?

Según el politólogo Pareja, no hubo un golpe de Estado en Bolivia porque no hubo “interrupción fáctica o violenta del Estado de Derecho y del ordenamiento jurídico democrático”. Tampoco Morales sufrió un atentado contra su vida por lo que hubiera tenido la obligación de escapar del país; o que un comandante de las Fuerzas Armadas hayan asumido el cargo.

“Nada de lo que dice está comprobado. Todas las cosas que afirma son falsas como, por ejemplo. que ha sido victima de golpe de Estado”.

¿Qué dice la CPE?

Artículo 169.
I. En caso de impedimento o ausencia definitiva de la Presidenta o del Presidente del Estado, será reemplazada o reemplazado en el cargo por la Vicepresidenta o el Vicepresidente y, a falta de ésta o éste, por la Presidenta o el Presidente del Senado, y a falta de ésta o éste por la Presidente o el Presidente de la Cámara de Diputados. En este último caso, se convocarán nuevas elecciones en el plazo máximo de noventa días.
II. En caso de ausencia temporal, asumirá la Presidencia del Estado quien ejerza la Vicepresidencia, por un periodo que no podrá exceder los noventa días.

Artículo 170.
La Presidenta o el Presidente del Estado cesará en su mandato por muerte; por renuncia presentada ante la Asamblea Legislativa Plurinacional; por ausencia o impedimento definitivo; por sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal; y por revocatoria del mandato.

Fuentes:

Franklin Pareja, politólogo.

Marcelo Silva, politólogo.

Constitución Político del Estado

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