Conoce cuáles son los requisitos para ser designado cónsul de Bolivia

Los cónsules pueden ser designados por nombramiento directo según lo establecido en la CPE. Para desempeñar funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores se debe cumplir con nueve requisitos, según la Ley del Servicio de la institución.

Los cónsules pueden ser designados por nombramiento directo según lo establecido en la CPE. Para desempeñar funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores se debe cumplir con nueve requisitos, según la Ley del Servicio de la institución.

Tras la designación de Felipa Huanca como cónsul de Bolivia en Perú, surgieron críticas en las redes sociales y varios usuarios se cuestionan si ella cumple con los requisitos para este cargo. Aquí te explicamos más sobre las disposiciones según la Ley No 465 del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia.

El 8 de febrero de 2021, Huanca presentó su declaración jurada ante la Contraloría como funcionaria del Ministerio de Culturas. Dos semanas después, el 22 de febrero, volvió a presentar una nueva declaración jurada, esta vez como funcionaria del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Los usuarios de redes sociales comparten la noticia en que el presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, afirmó que si Huanca cumple con los requisitos para ser cónsul, no hay nada que objetar. Pero, ¿cuáles son los requisitos para desempañar funciones en el Ministerio de Relaciones Exteriores?

Bolivia Verifica te explica más al respecto. En el artículo 42 de esta ley, el primer punto del parágrafo I, menciona que en la clasificación de los servidores públicos de este Ministerio se encuentran los designados. La función de éstos “emerge de un nombramiento, conforme lo establece la Constitución Política del Estado o disposición normativa específica”, en la cual se encuentra el cargo de cónsul.

Por otra parte, el artículo 41 presenta nueve requisitos a ser tomados en cuenta para desempañar funciones dentro del Ministerio:

  1. Tener nacionalidad boliviana.
  2. Ser mayor de edad.
  3. Vencer el Concurso de Méritos y/o Examen de competencia, cuando corresponda. Para el ingreso a un rango diplomático se deberá acreditar la conclusión del Curso de Capacitación de la Academia Diplomática Plurinacional o su equivalente, o haber recibido invitación expresa de la Ministra o el Ministro de Relaciones Exteriores por su condición profesional, personalidad, experticia o técnica de reconocida trayectoria o compromiso social.
  4. Cumplir con los deberes militares, en caso de varones.
  5. No estar comprendida o comprendido en los casos de prohibición y de incompatibilidad establecidos en la Constitución Política del Estado y en la presente Ley.
  6. No tener pliego de cargo ejecutoriado en materia Coactiva Fiscal, sentencia ejecutoriada en materia Civil Ordinaria por deudas con el Estado, sentencia condenatoria ejecutoriada en materia Penal, pendientes de cumplimiento ni auto o resolución final ejecutoriada de Sumario Administrativo con sanción de destitución, hasta un año de emitido el fallo.
  7. Hablar al menos dos idiomas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia. Dicho requisito se aplicará progresivamente, según manda la Constitución Política del Estado.
  8. Presentar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas ante la Contraloría General del Estado.
  9. Cumplir los requisitos mínimos del perfil del cargo correspondiente, presentando los documentos respaldatorios.

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