Claves para entender el proyecto de Ley 078 sobre la devolución de aportes de las AFP

“Con el fin de priorizar los proyectos de Ley que impulsan la reactivación económica en Bolivia, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer una iniciativa legal que establece incentivos tributarios a la importación y comercialización de bienes de capital y plantas industriales de los sectores agropecuario e industrial, durante un año a partir de la promulgación de la norma”, se lee en una publicación en la página web de la Cámara de Diputados.

Fue aprobado este 12 de agosto de 2021 en la Cámara de Diputados el proyecto de ley “Devolución parcial o total de los aportes”, ahora pasó a la Cámara de Senadores donde será tratada la siguiente semana

Por unanimidad, todas las bancadas de la Cámara de Diputados, aprobaron el proyecto de Ley de Devolución de Aportes a las AFP que contempla tres tipos de retiro de las aportaciones.

En la siguiente nota te explicamos el contenido de la norma que será tratada la siguiente semana en el Senado.

¿Qué plantea el proyecto de Ley 078?

El proyecto de Ley N° 078/2020-2021, que fue elaborado por la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Diputados, establece de “manera excepcional y por única vez la devolución de aportes de las cuentas personales previsionales del sistema integral de pensiones” para paliar las necesidades generadas a causa de la pandemia del coronavirus.

La devolución será de acuerdo a tres modalidades:

  • De hasta el quince por ciento (15%) de su saldo acumulado para aquellos que tengan en su cuenta un monto menor o igual a Bs. 100.000, independiente de su edad.
  • Devolución del cien por ciento (100%) del saldo acumulado para aquellos que tengan en su cuenta un monto menor o igual a Bs. 10.000 y cuenten con la edad de 50 años o más.
  • Quienes sobrepasen los Bs. 100.000 podrán disponer de hasta 15.000 bolivianos. 

¿Cómo será la devolución?

El artículo 3 explica que la restitución se realizará en un solo desembolso previa solicitud del asegurado a las AFP.  La norma atribuye a las administradoras de la gestión, control, operativa de pagos y registros de las devoluciones.

¿Cuáles serán las fuentes de financiamiento?

Los recursos saldrán de la disponibilidad acumulada y los recursos de liquidez en los fondos del Sistema Integral de Pensiones (SIP) que son administrados por las AFP.

De los vencimientos de la cartera de inversiones del SIP y la recaudación del SIP.

¿Quiénes quedan excluidos de la norma?

  • Aquellos asegurados que hubieran accedido o se encuentren en la adquisición de una Pensión de Vejez, Solidaria de Vejez, Invalidez Pago o Beneficio del SIP.
  • Quienes se encuentran recibiendo una remuneración del sector público o privado.
  • Por último, a los que hubiesen efectuado aportes desde diciembre de 2019 como dependientes del sector público.
  • Los asegurados que accedan a la devolución total o parcial de sus aportes no podrán beneficiarse de la Fracción Solidaria financiada con recursos del Fondo Solidario Estipulado en la Ley 065.

¿Qué observaciones identificaron en la propuesta?

El diputado Miguel Roca de Comunidad Ciudadana y miembro de la Comisión donde se elaboró la propuesta, dijo que en julio de 2021 se acordó con los representantes del Movimiento de Emergencia Nacional por la Devolución de Aportes y el presidente de la Comisión, el diputado del MAS Omar Yujra, eliminar el artículo 8 referente a la Fracción Solidaria. Tal acuerdo no fue cumplido como señala el acta de entendimiento al que tuvo acceso Bolivia Verifica. 

El acta de entendimiento.

Respecto al artículo 2 que habla acerca de los montos de devolución, Roca precisa que la bancada del MAS no consideró la propuesta de restituir hasta 15 mil bolivianos de su saldo acumulado para aquellas personas que tengan en su cuenta personal un monto mayor a 100 mil bolivianos. Vea la foto comparativa de la propuesta de origen y la petición de modificaciones.

La propuesta de origen y la petición de modificación.

El artículo 2 sobre las Exclusiones, sobre todo a los aportantes desde diciembre de 2019 como dependientes del sector público, Roca lo calificó de “revanchismo político, por mezquindad, por vileza porque excluye a los funcionarios que trabajaron durante la gestión de Jeanine Áñez”.

Bolivia Verifica intentó comunicarse con Omar Yujra, pero no fue posible.

Analista observa la propuesta de ley

El analista económico Roberto Laserna realizó un análisis al proyecto de ley sobre la devolución de aportes y se cuestiona sobre la afectación que se pudiera generar en las inversiones de los recursos que realizan los trabajadores.

“Como sabemos, los aportes que hacen los trabajadores a sus cuentas en las AFP son utilizados para generar rendimientos mediante depósitos a plazo fijo en el sistema financiero, compras de bonos y otros instrumentos financieros o acciones e inversiones en Bolsa. Entonces, la mayor parte de los ahorros previsionales están ya invertidos en la economía. Se desconoce  en qué medida ese circuito puede ser afectado y puede llevar a que se tomen decisiones a ciegas”, explicó a Bolivia Verifica Laserna.

También se refiere a los montos que se puede retirar. “Los que están cerca de la edad de jubilación, más de 50 años, y no han acumulado más de 10 mil bolivianos, pueden retirarlo todo. Esto es razonable porque con esos recursos y esa edad les será muy difícil acceder a una jubilación. De hecho, esas personas estarán renunciando a su jubilación completamente, porque tampoco tendrán luego derecho a recibir renta solidaria”.

Continúa.  “Decisión similar deberán tomar los que tienen menos de 100 mil bolivianos de aportes y que retiren hasta el 15%, reduciendo su futura jubilación y renunciando también a la fracción solidaria. Esta condición en realidad trata de desalentar a la gente de pedir su retiro. También son una muestra de prudencia las exclusiones, porque no podrán hacer retiros los que tienen empleo regular ahora, es decir, los que están aportando regularmente a su seguro de jubilación”, finaliza.

¿Quiénes administran los aportes?

Quienes administran los recursos de los trabajadores cuando lleguen a una edad avanzada son: Futuro de Bolivia AFP y Previsión AFP.

Estas empresas se encargan de administrar e invertir los aportes de los trabajadores. “Al 31 de julio de 2021, el portafolio de inversiones de los Fondos del SIP administrado por Futuro de Bolivia S.A. AFP alcanzó un valor de Bs. 70,754 millones, los cuales se encuentran invertidos, de acuerdo a los límites establecidos en la normativa legal vigente, en una diversidad de instrumentos financieros de distintos emisores del mercado de valores, lo que permite diversificar el riesgo y generar adecuados niveles de rentabilidad”, está publicado en la página web de Futuro Bolivia.

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