Ya no está vigente la ley que estipula la realización del censo cada 10 años en el país

En el año 1994, se promulgó la Ley 1551  que sí lo imponía, pero el año 2010 fue abrogada por la Ley 031 

Marcelo Blanco / Verificador

El gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, posteó en su cuenta oficial de Facebook que por ley el censo debe realizarse cada 10 años. Sin embargo, el equipo de Bolivia Verifica analizó este dato y corroboró que es falso porque ya no está vigente la normativa nacional que lo estipulaba.

“¡Dejen de mentir! El censo se debe realizar cada 10 años, porque la Ley así lo establece”, escribió la autoridad cruceña el 12 de julio de 2022.

Asimismo, se comprobó que el post tuvo una edición en la que Luis Fernando Camacho escribió que la Ley 2105 es la que obliga a que se haga un censo cada 10 años:

Esta publicación fue 726 veces compartida y recibió 5.3 mil reacciones y 368 comentarios. Dentro de las opiniones, muchas personas confirmaban el dato basándose en la Constitución Política del Estado (CPE). Pero, ¿es realmente cierto?

No, la CPE menciona que “son competencias privativas del nivel central del Estado los Censos oficiales” (artículo 298). La CPE no establece ningún detalle más.

¿Qué dice la legislación que nombra Luis Fernando Camacho en su post?

Para hablar de la Ley 2105 hay que conocer primero la Ley 1551.

La Ley 1551 fue promulgada el año 1994 y establecía que el censo debe hacerse cada diez años.

Seis años después de la Ley 1551, se promulgó la Ley 2105 que estableció que el censo tiene que realizarse cada año terminado en cero, es decir, 2010, 2020, 2030. Esta nueva norma modificó la anterior (Ley 1551):

El 19 de julio de 2010 el Estado boliviano promulgó la Ley 031: Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” donde entre sus disposiciones está abrogar la Ley 1551 de 1994:

¿La Ley 2105 también quedó sin efecto?

Sí, la Ley 2105 sólo modificaba una ley que luego quedó sin vigencia.

Según la diputada de Comunidad Ciudadana, Luisa Nayar, parlamentaria que presentó un nuevo proyecto de ley para que se realice el censo cada 10 años, la normativa 2105 fue derogada en 2010 por la Ley 031.

“La Ley (2105) fue abrogada por la Ley (031) de Descentralización y Autonomías (…) según lo que yo entiendo es de esa forma”, declaró la asambleísta a Bolivia Verifica.

En esa misma línea, los abogados constitucionalistas, María René Soruco Campero y Daniel Valverde confirmaron que tanto la Ley 1551 y la 2105 ya no están vigentes.

“La Ley 1551 y la Ley 2105 ya no está vigentes. La 1551 es de época descentralizada, participación popular y la 2105 por efecto también. Ninguna está vigente”, declaró Soruco a tiempo de aclarar que si bien no hay una normativa que lo ordene es un deber que se haga el Censo Nacional lo antes posible por necesidad.

“Si ve el tiempo para convocar, procesar y para convocar a futuras elecciones, si no se lo hace ya los plazos no dan”, sostuvo.

Por su parte, Valverde confirmó la pérdida de vigencia de la Ley 2105, no obstante, mencionó que hay compromisos internacionales vinculantes que indican que el Estado debe hacer un censo cada 10 años. “Esto porque los objetivos de desarrollo sostenible necesitan de esa información para actualizarse y evaluar si están cumpliendo las metas. Incluso las Naciones Unidas recomiendan hacer en 5 años mínimo y máximo 10 cada censo”, explicó.

Se contactó al comunicador de Camacho para consultar sobre el post realizado, pero no hubo una respuesta a la solicitud hasta la publicación de esta verificación.

Según las entidades internacionales, ¿cuándo se debe realizar el censo?

A nivel internacional, entidades como la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y las Naciones Unidas establecen que se debe realizar un censo al menos una vez en un lapso de 10 años.  Perú y El Salvador son países que tienen normas que estipulan rango de tiempo.

Datos de la CEPAL, de los últimos censos realizados en Bolivia y otros países de Latinoamérica

Como se observa, en Bolivia no se realizó algún censo en el lapso exacto de 10 años, pero sí en gestiones cercanas, antes de ese tiempo o después.

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