Reinicio de actividades: Cinco preguntas y respuestas sobre la ‘nueva normalidad’ en Bolivia desde el 1 de diciembre
Entre el 1 de diciembre y el 15 de diciembre se autorizan nuevas actividades que permitan restablecer la economía. Se deben cumplir con protocolos de bioseguridad normados por municipios y gobernaciones
Entre el 1 de diciembre y el 15 de diciembre se autorizan nuevas actividades que permitan restablecer la economía. Se deben cumplir con protocolos de bioseguridad normados por municipios y gobernaciones
A partir del 1 de diciembre, mediante el Decreto Supremo N° 4404, el Gobierno autoriza todo tipo de actividades en principio hasta el 15 de enero de 2021, cuando se evaluará la situación en función al desarrollo de la pandemia de coronavirus.
Esta apertura de actividades tiene el fin de restablecer la economía en el país, sin descuidar las medidas de bioseguridad ya establecidas para evitar el incremento de contagios. Entérate cuáles son algunos lineamientos de las nuevas medidas en esta nota.
– ¿Cuáles son las actividades permitidas a partir del 1 de diciembre en base a protocolos y medidas de bioseguridad?
- Culturales
- Deportivas
- Sociales
- Religiosas
- Procesos electorales
- Recreativas
– ¿Las actividades laborales se normalizan?
La jornada en el sector público y privado seguirá siendo en horario continuo, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones, considerando un ingreso y salida escalonado a fin de evitar aglomeraciones.
– ¿Cuáles son las medidas de bioseguridad a cumplirse?
Las medidas son: uso obligatorio de barbijo, lavado constante de manos, uso de alcohol líquido o en gel al setenta por ciento (70%) y finalmente el distanciamiento físico de 1,5 metros de distancia.
– ¿Todos los departamentos podrán realizar cualquier tipo de actividad?
Según el Decreto Supremo N° 4404, los Gobiernos Autónomos coordinarán con las autoridades correspondientes, en el marco de sus competencias y responsabilidades, para el correcto desarrollo de actividades en espacios cerrados y abiertos. Esto considerando el Índice de Alerta Temprana determinado por cada municipio.
– ¿Qué requisitos se establecen para ingresar al país?
Las personas que busquen ingresar al país, ya sea por vía terrestre, aérea o lacustre, deberán presentar una prueba PCR que dé negativo a coronavirus y que tenga vigencia de 72 horas.
Las instituciones y entidades públicas y privadas que desarrollan sus actividades en aeropuertos internacionales, deben realizar a su personal las pruebas de control periódico para COVID-19