Página de candidato Horacio Poppe muestra engañoso dato de acta en Sucre

El candidato a la Alcaldía capitalina es uno de los principales denunciantes de un supuesto fraude en esta elección subnacional

En la página de Facebook del candidato capitalino Horacio Poppe, fue publicada una denuncia por el cambio de votos a favor del MAS en un acta electoral.

Una denuncia fue publicada desde la página de Facebook del candidato a la Alcaldía de Sucre por la alianza República 2025 Horacio Poppe, donde se acusa a los vocales del Tribunal Electoral Departamental de Chuquisaca (TED), de alterar los resultados del acta de una mesa a favor del Movimiento Al Socialismo (MAS). Esta versión es engañosa y te explicamos por qué.

“¿Qué más prueba del fraude que esta?”, titula la publicación de la página de Poppe, donde se muestra el acta 101037-6, en la que figuran 36 votos válidos para el MAS, pero los vocales del TED le asignan a este frente político 96 votos con un “proveído”,  “arbitraria e ilegalmente”, dice la denuncia.

Es decir, se le da al Movimiento Al Socialismo en el TED 60 votos más de los que figura en la papeleta.

“Y en esta mesa cuyo fraude está cantado, no se está yendo nuevamente a votación”, acota la publicación.

Según esta página, son 344 votos “fraudulentos” de ventaja que sacó el MAS para ganar la Alcaldía en Sucre, mismos que fueron “regalados” por el TED.

¿Qué pasó con el acta?

En base a esta denuncia, Bolivia Verifica se contactó con el Tribunal Supremo Electoral (TSE), donde indicaron que esta situación en realidad se debió a un “error” en la suma que hizo el presidente de mesa.

Al hacer una revisión a la citada acta 101037-6 de la provincia Oropeza municipio de Sucre, mediante el sistema de consolidación oficial de resultados del cómputo del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), encontramos que tiene anotados 168 votos válidos para alcalde. Es decir, la suma de los votos válidos para los diferentes frentes en disputa debe dar 168. Sin embargo, la sumatoria de votos asignados a cada frente no llega a este número.

A Unidos se le asigna 16 votos, Unidad Nacional (UN)  2 votos, MAS 36 votos, Comunidad Ciudadana Autonomías (C-A) 14 votos, Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR) 3 votos, República 2025 (R-2025) 20 votos,  Chuquisaca Somos Todos (CST) 14 votos, Frente Para la Victoria  3 votos; mientras que el Partido de Acción Nacional Boliviano (PAN-Bol) y el Movimiento Tercer Sistema (MTS) no tienen votos.

La suma total de votos válidos, según los números asignados a cada frente llega a 108, cuando en el acta se señala que son 168.

Esta fue la inconsistencia que se encontró en el TED de Chuquisaca.

El acta en cuestión. Como puede verse en la imagen el número de votos válidos es 168, pero la suma de los números asignados a cada frente llega a 108.

¿Qué dice la normativa cuando se dan este tipo de casos?

Todos los procesos electorales están regidos bajo la Ley 026 de Régimen Electoral. Los  artículos 176, 177 y 178 indican que la Sala Plena puede corregir errores de sumatoria en la totalización de los votos.

“Los Tribunales Electorales Departamentales verificarán, de oficio, la existencia o no de causales de nulidad del acta electoral”, indica el inciso “a” del artículo 176.

Según esta ley, “si un acta tiene errores aritméticos en la totalización de votos, el Tribunal Electoral corregirá el error, dejando constancia escrita de la corrección efectuada”, señala el inciso “d” del artículo 176.

El artículo 178 de esta ley indica que “los Tribunales Electorales Departamentales no podrán, por ningún motivo, modificar los resultados de las mesas de sufragio, salvo la corrección de errores aritméticos en la totalización de votos, de la cual dejarán debida constancia en el acta”.

En el citado caso, los vocales advirtieron el error en la sumatoria de votos que no concordaba con el número de los válidos.

“Cuando hay inconsistencia en la suma, la Sala Plena puede revisar los otros materiales, particularmente la hoja de trabajo”, explicó sobe este tipo de casos, el secretario de Cámara del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Luis Fernando Arteaga.

Esta explicación, la dio en el marco de un curso virtual para periodistas que fue realizado el sábado 27 de febrero de 2021.

A los tribunales departamentales son llevados de cada mesa tres sobres: A, B y C.

En el sobre “A” es colocada el acta de mesa, en el  “B” ingresan otros materiales electorales, entre ellos la hoja de trabajo, y en el “C” son llevadas las papeletas utilizadas.

En caso de encontrar inconsistencias como la citada, los vocales pueden recurrir “a los materiales complementarios”, explican desde la Dirección de Comunicación del TSE a Bolivia Verifica.

Los materiales complementarios se encuentran en los sobres B y C. En el sobre  “B” en específico está la hoja de trabajo, que en realidad es un conteo similar al realizado en la pizarra, donde se suma por barras los votos de cada frente.

Al hacer esta revisión, es que los vocales tienen constancia que hubo un “error” al anotar los votos a favor del MAS que eran 96 y no 36.

Con esta corrección, se hizo una nueva suma de votos válidos de cada frente, cuyo resultado es 168 como cita el acta.

Según la normativa, debe darse una constancia de esta corrección, por eso, que en la parte posterior del acta se adjunta un proveído, donde se explica el citado cambio.

El TED de Chuquisaca dejó un proveído como constancia de la corrección del citado error.

En resumen, sí, el TED de Chuquisaca hizo una corrección en la citada acta del municipio de Sucre, pero se debió a un error cometido por los jurados de mesa, que fue subsanado en base a la Ley 026.

Definición se prolonga

Sucre define a su alcalde el domingo 21 de marzo,  debido a que faltan tres actas por computar en este municipio. La diferencia entre la primera y la segunda candidatura es de  344 votos.

Según el conteo oficial del TSE, Enrique Leaño del MAS, está en primer lugar con  33,27% de preferencia, y en segundo lugar se encuentra el candidato de República 2025 Horacio Poppe, que tiene 33,07%.

 

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