Oruro se incorpora al concepto de cuarentena dinámica 

A partir del 1 de junio de 2020 , Oruro ingresa a una nueva etapa de cuarentena dinámica, porque, de acuerdo a la evaluación realizada por el Ministerio de Salud, porque este municipio tiene un riesgo medio. 

Luego de una reunión del Comité de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM), el Gobierno Autónomo Municipal, el 30 de mayo de 2020, emitió el Decreto Municipal Nº 137, de “Regulación de la cuarentena dinámica condicionada municipal y de corresponsabilidad ciudadana y mitigación del COVID-19” y su respectivo reglamento.

En espacios públicos todas las personas están obligadas a usar barbijo, llevar el cabello recogido y procurar utilizar protectores de cabellos, mantener el distanciamiento físico (1.5 metros) en la calle y en lugares de alta afluencia de gente como bancos, mercados y centros de abasto.

Horario de trabajo y circulación peatonal

Las instituciones públicas y privadas trabajarán de 8:30 a 14:30 horas,  horario continuo y estará prohibida la circulación de personas y vehículos de lunes a viernes, entre las 16:00 y las 05:00 de la mañana.

Los sábados y domingos no habrá ningún tipo de actividad y, por tanto, estará prohibida la circulación de gente y movilidades.

También quedan suspendidos los eventos públicos, festivos, políticos, actividades culturales, deportivas, incluyendo gimnasios y todo tipo de reunión que genere aglomeración de personas.

Sanciones 

El incumplimiento a las disposiciones será sancionada con una multa de 250 UFV o alternativamente el  trabajo comunitario forzoso de ocho (8) horas continuas en la fecha y hora determinada por la autoridad.

Quedan sin efecto las salidas controladas por número de Cédula de Identidad. 

De generarse la propagación mayor del COVID-19 por causa del incumplimiento y desobediencia ciudadana, se tendrá como consecuencia el retorno al estado de cuarentena rígida y/o encapsulamiento

Transporte del servicio público y privado

El sector del transporte deberá regirse por Decreto Municipal nº 139 y su reglamento transitorio de reactivación gradual del servicio de transporte público municipal de pasajeros COVID-19. Podrán circular vehículos de servicio público y privado de 05:00 a 15:00 horas de lunes a viernes, dejando de circular los días sábados y domingos.

Cantidad de pasajeros

  • Microbus: 16 pasajeros como máximo. 
  • Microbús tipo Coaster: 11 pasajeros como máximo. 
  • Minibús: 8 pasajeros máximo. 
  • Taxi de tres filas: 5 pasajeros máximo.
  • taxi: 3 pasajeros máximo.
  • Transporte Privado cantidad máxima de ocupantes 50% del número de plazas determinada en el RUAT.

Medidas de bioseguridad que deberán cumplir los conductores 

  • Uso permanente barbijo o mascarilla y lentes de protección.
  • Portar un envase de alcohol al setenta (70%) y/o alcohol en gel.
  • Desinfectar los vehículos por dentro y fuera en las paradas.
  • Respetar la cantidad máxima de pasajeros determinada.

Las medidas de Bioseguridad para pasajeros son las siguientes:

  • Uso obligatorio del barbijo o mascarilla en todo momento y lentes de protección o máscara facial.
  • Evitar contacto directo con el resto de los pasajeros.
  • No comer, ni beber dentro de las movilidades.

El Uso de motocicletas, cuadratracks, trimotos y trimóvil solo estará permitido para fines laborales (solo conductor) quedando prohibido llevar acompañantes.

Las sanciones que se aplicarán ante el incumplimiento de lo estipulado  son: por primera vez la retención del Vehículo por 72 horas (3 días). Por reincidencia la retención del Vehículo previo pago de multa de Bs 800. 

Sector gremial y comerciantes

El Sector Gremial está normado por el Decreto Municipal Nº 138 y el reglamento transitorio de procedimientos sobre condiciones y medidas de bioseguridad en el sector gremial (COVID-19)

Los comerciantes y todo el sector gremial deberán cumplir con el horario de 05:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, quedando prohibido toda actividad los sábados y domingos.

Los comerciantes y compradores deberán cumplir obligatoriamente las siguientes medidas de Bioseguridad:

  • Usar barbijo siempre tanto vendedores como compradores.
  • Todo vendedor debe contar con insumos de limpieza y desinfección como ser: agua, jabón, alcohol al setenta por ciento (70%) y/o alcohol en gel u otros similares
  • Cumplir con el distanciamiento físico mínimo de un metro y medio entre vendedor y comprador.
  • Los comerciantes deben desinfectar el sector de su puesto de venta, una vez por semana, y será  controlada por los dirigentes o las autoridades responsables.

Los comerciantes que incumplan la normativa vigente serán sancionados de la siguiente manera: 

  • Cierre inmediato del puesto de venta.
  • Por reincidencia suspensión del puesto por dos (2) días de atención consecutivos para cualquier actividad económica.
  • Por la comisión de una tercera infracción se realizará la clausura definitiva y anulación de la patente de funcionamiento, por atentado contra la salud pública y la denuncia ante el Ministerio Público.

Todas estas disipaciones fueron puestas en vigencia en todo el territorio del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, ingresando a la nueva etapa de cuarentena dinámica.

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