Seis preguntas y respuestas para entender sobre conflictos limítrofes en Bolivia

¿Qué es un conflicto limítrofe?, ¿cómo se resuelve?, ¿a quiénes involucra? Te lo contamos

Ricardo Gutiérrez/La Palabra del Beni

Los conflictos limítrofes entre municipios y departamentos de Bolivia han sido recurrentes a lo largo de toda nuestra historia. El reciente incidente sobre Piso Firme entre el departamento de Beni y Santa Cruz, o el enfrentamiento que concluyó con violencia en la frontera entre Oruro y Potosí, son uno de los tantos ejemplos de varios conflictos limítrofes.

En algunos casos, las partes involucradas aseguran que no existen temas pendientes, mientras reivindican la propiedad sobre las áreas en conflicto. En otros casos, como en los recientes conflictos entre municipios que se vieron en el departamento de La Paz, son los pobladores de las áreas afectadas los directos perjudicados.

En esta nota respondemos seis preguntas claves para entender qué son los conflictos limítrofes y cómo se podrían solucionar.

¿Qué es un conflicto limítrofe?

Llamamos diferendo limítrofe a un área de conflicto territorial en el que hay disputas producto de la sobreposición de dos o más unidades territoriales. Una unidad territorial es un espacio geográfico delimitado para la organización del territorio del Estado, que puede ser un departamento, provincia, municipio o territorio indígena originario campesino.

Es decir, un diferendo limítrofe es un conflicto por el límite entre dos municipios, o dos departamentos que disputan qué corresponde a quién. El artículo 7 de la Ley 339 de Delimitación de Unidades Territoriales, define como tramo en conflicto a “la fracción de un perímetro entre dos o más unidades territoriales que no han conciliado la delimitación.”

Por ejemplo, el 2016 se vivió el conflicto sobre Incahuasi, donde los departamentos de Santa Cruz y Chuquisaca reivindicaban la propiedad sobre esta área.

Asimismo, la región de Piso Firme está en el ojo de la tormenta ya que Santa Cruz y Beni reivindican la propiedad sobre el área. Ambos justifican la supuesta propiedad basados en la interpretación particular que cada departamento hace sobre una Ley promulgada en 1914.

¿Cómo se resuelve un diferendo limítrofe?

El abogado constitucionalista y comentarista de la Constitución Política del Estado (CPE), Jorge Quiroz, aseguró que la normativa que establece procedimientos de consolidación de las Unidades Territoriales (UT), es la Ley 339.

“En estos momentos la Ley 339, establece la forma en la que se deberían consolidar las Unidades Territoriales (…) Establece responsabilidades a las Gobernaciones (y municipios), que son las que deben cumplir una serie de requisitos para remitir a la Asamblea Legislativa Plurinacional, y ella emitir la ley correspondiente, para que los territorios queden consolidados de tal forma que no exista los diferendos limítrofes”, señaló Quiroz.

El experto remarcó sin embargo que la base de la consolidación de los límites en disputa es la conciliación, respetando aspectos como historia, continuidad territorial, entre otras.

“Deben ser tomadas en cuenta aspectos como las vías de comunicación, formas de acceso a todo tipo de atención y qué les va a brindar el gobierno regional”, aseguró el constitucionalista.

En ese mismo sentido, una publicación estatal sobre conflictos limítrofes destaca que “la voluntad democrática es la que garantiza la participación de los habitantes para decidir sobre la delimitación de sus unidades territoriales.”

Además de la Ley 339, existen dos normativas esenciales que pueden complementar al momento de posibles disputas limítrofes, la Ley 031 “Ley Marco de Autonomías y Descentralización” y el Decreto Supremo 1560.

¿Cuáles son las instituciones competentes para resolver conflictos territoriales?

La Ley 339 establece que son las mismas unidades territoriales las llamadas a pedir conciliaciones cuando existe un diferendo limítrofe, todo basado en un proceso de conciliación mediante varios pasos a cumplir.

“La coordinación técnica interinstitucional es el apoyo técnico y de coordinación entre la entidad competente del nivel central del Estado responsable de límites y organización territorial, y las dependencias técnicas de límites de los órganos ejecutivos de los gobiernos autónomos departamentales y las instituciones de coordinación”, señala la Ley 339.

La primera instancia pública llamada a ser veedora del proceso de conciliación, autorizarlo y avalarlo es el Viceministerio de Autonomías. Según la Ley 339, las instituciones que coordinarán, en el marco de sus atribuciones, con las entidades competentes en límites y organización territorial son: Ministerio de Planificación del Desarrollo, Instituto Geográfico Militar, Servicio Nacional de Aerofotogrametría, Servicio Nacional de Hidrografía Naval, Instituto Nacional de Estadística e Instituto Nacional de Reforma Agraria.

¿Cómo se delimitan los límites de un municipio, un departamento o una provincia?

Los límites geográficos establecidos y reconocidos en el Estado Plurinacional de Bolivia se basan en el sistema universal de georreferencia Datum WGS84, implementado en el país con la colaboración del gobierno americano en la década de 1990.

Técnicamente, este sistema materializa puntos de referencia enumerados artificialmente con mojones de concreto y cobre que permiten la georreferencia por GPS.

En el aspecto legal, la Ley 339 en su artículo 7 dice que “Delimitación de Unidad Territorial, es el proceso que consiste en el conjunto de actividades técnicas y científicas, mediante las cuales se identifican, precisan, actualizan, codifican y georreferencian en el terreno, y se representan cartográficamente en un mapa los elementos descriptivos del límite de una unidad territorial.

En el mismo artículo, además define como “Demarcación de una Unidad Territorial, es el trabajo técnico previo a materializar la delimitación, mediante el amojonamiento o levantamiento de hitos, utilizando equipos de precisión”.

¿Qué pasa en caso de que no se llegue a conciliación ante un conflicto?

Depende de la unidad territorial. En el caso de haber problemas limítrofes entre municipios, la Ley 031, en su artículo 17 establece que “deberán ser resueltos en la vía conciliatoria considerando criterios históricos y culturales”.

En caso de no llegar a un conciliación “los conflictos de límites existentes entre las unidades territoriales municipales de un mismo departamento y que no comprometan límites departamentales, serán dirimidos por referendo, a solicitud del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado y a convocatoria de la Asamblea Legislativa Plurinacional, mediante ley, y administrado por el Órgano Electoral Plurinacional.

En el caso de conflictos interdepartamentales, el Decreto Supremo 1560 establece que una vez agotada la vía de conciliación entre las partes, debe dirimir el conflicto el Tribunal Supremo de Justicia.

¿Hay contradicciones dentro del actual marco normativo que dificultan la conciliación de los diferendos limítrofes?

Sí, uno de los más importante según el abogado constitucionalista Jorge Quiroz, es que la Ley 339 está hecha para la conciliación de problemas limítrofes nuevos, que no cuenten con un marco normativo previo, por ejemplo, nuevos municipios o regiones autónomas creadas después del 2013.

Pero, muchos de los problemas limítrofes actuales, se dan a pesar de haber un marco normativo entre las unidades territoriales en conflicto, como por ejemplo el caso de Piso Firme entre Santa Cruz y Beni. Hay una ley promulgada en 1914 que marca el límite entre estas dos regiones, a pesar de esto, ambos departamentos reivindican la soberanía sobre esta comunidad fronteriza.

“La Ley 339 no sirve para resolver todos los conflictos, esta ley debería ser modificada, porque para resolver un diferendo limítrofe, por ejemplo en el caso que tienen Beni y Santa Cruz, la Asamblea Legislativa Plurinacional debe modificar primero la Ley de 1914, o dejarla sin efecto y promulgar una nueva en base a la conciliación que se alcance”, sostuvo Quiroz.

#ElPolígrafo es un trabajo coordinado por Bolivia Verifica y la Fundación para el Periodismo con el apoyo de CAPIR. Participan Asuntos Centrales, Correo del Sur, El País, F10, La Palabra del Beni y Página Siete.

 

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