Ningún partido cumple con rigor la paridad
Un post en el que se aseguró que solo el MAS respetó la paridad en listas de candidatos circulo en redes. Actualmente se visualizan más nombres femeninos, pero no se cumplen los criterios de paridad.
En redes sociales circula un post que señala que solo el Movimiento al Socialismo (MAS-IPSP) respetó el principio de paridad, alternancia y equivalencia en la presentación de listas de candidatos a senadores, diputados uninominales y plurinominales para representar a los nueve departamentos del país. Estos principios en concordancia con la Ley 026 del régimen electoral deben precautelar la participación en un 50% de candidatas mujeres. El contenido del post es falso. El MAS cumplió con el cupo de paridad el año 2019 pero en esta gestión no.
Mónica Novillo, directora de la Coordinadora de la Mujer, institución que lleva adelante el Observatorio de Género y que lanzó este año con apoyo de Idea Internacional y la Cooperación Suiza, la iniciativa: Protagonistas (Paridad, Poder y Juventudes), explicó en contacto con Bolivia Verifica que en las elecciones de 2019 se dio un precedente negativo ya que ninguno de los partidos políticos cumplió con la paridad, “solo uno cumplió y fue el Mas, el resto de los partidos no”, esas elecciones fueron anuladas y hoy las circunstancias son distintas, (no se tenía la candidatura ni de Camacho ni de Añez) pero los partidos y alianzas siguen sin cumplir la ley a cabalidad por los siguientes aspectos:
Al revisar las listas publicadas por el Órgano Electoral y replicadas por los medios de comunicación se puede notar que existen candidatas mujeres en una gran parte de las casillas y representaciones por departamento; con una revisión más minuciosa, se nota que muchos de esos nombres ocupan el lugar de candidatos suplentes o tienen las casillas de titulares vacíos.
Novillo informó que hay partidos que incumplen más que otros como el caso de Frente para la Victoria (FPV) y Acción Democrática Nacionalista (ADN) y recordó que cuando los partidos políticos presentan candidaturas, la mitad de las mismas deben estar encabezadas por mujeres, al tener nueve (9) departamentos y ser número impar, se debe priorizar a una mujer, entonces en cinco (5) departamentos de los nueve, los partidos deben presentar a una mujer en el puesto número 1, por eso se puede ver que en algunos casos hay más cantidad de candidatas mujeres titulares, pero eso solo en partidos que cumplen el criterio.
Lo mismo ocurre con las representaciones indígenas especiales que son siete (7), pero como es número impar se prioriza a la mujer y son cuatro (4) mujeres representantes.
La directora de la Coordinadora alertó que se observa que se han presentado listas con las casillas que corresponden a candidatas mujeres en blanco y solo han puesto los nombres de los suplentes y no de la titular.
¿Qué podría pasar?
“Esperemos que llegue el día de las elecciones y vemos si esos espacios siguen vacíos y no los han sustituido y si una vez que entreguen, como no va a ver titulares mujeres optarán por los suplentes y los hombres pasarán a ser autoridades y otra vez, se habrá eludido el cumplimiento de la paridad. En el proceso anterior no se ha cumplido y si no se hubiera anulado esa elección así habría ocurrido”, explicó Novillo.
El tema, según admitió, es muy complejo, pero como Observatorio y sobre la base de las mismas leyes que facultan el trabajo de la institución, como representantes ciudadanos, para vigilar su cumplimiento, es que se reunirán con el Tribunal Supremo Electoral para tocar los detalles de las listas, Mónica Novillo recordó que la Ley 018 del Órgano Electoral define las atribuciones y obligaciones de éste y en el presente caso, en los artículos 23, inciso 6, se dice:
- Verificar en todas las fases de los procesos electorales el estricto cumplimiento del principio de equivalencia, garantizando la paridad y alternancia entre varones y mujeres en la presentación, por parte de las organizaciones políticas, de candidaturas de alcance nacional, de acuerdo a lo establecido en la Ley del Régimen Electoral.
Por si eso no fuese suficiente el artículo 24, inciso 16, de la misma norma repite:
- Verificar el estricto cumplimiento de los criterios de paridad y de alternancia entre mujeres y varones en todas las fases de presentación, por parte de las organizaciones políticas de alcance nacional, de las listas de candidatas y candidatos.
Sobre el tema de listas aún queda mucho por delante porque aún no se sabe la incidencia que tendrá la renuncia de la presidenta Jeanine Añez a su candidatura y si toda la alianza Juntos bajará de la misma, debido a que, como explicó Novillo, existen candidatas de esa alianza en todo el país que si aceptan renunciar tendrán que entregar sus cartas de renuncia en persona porque de acuerdo con la Ley 243 contra el acoso político y debido a los casos que se registraron de mujeres obligadas a renunciar, entonces se determinó que esas renuncias sean en persona.
De acuerdo al reporte de Paridad del Órgano Electoral se tiene un total de 2.098 candidatos inscritos de los cuales 1.046 son mujeres y 1.052 son varones, ahí mismo se hace notar que los números presentan ligeras diferencias en cuatro de los cinco tipos de candidaturas a favor de los hombres.
Puede darse casos en que los candidatos varones y mujeres indistintamente se nieguen a renunciar, eso se verá los siguientes días cómo se definen las listas también. Sobre la alternancia y paridad en el binomio central de Presidente y Vicepresidente, Novillo explicó que también se debería acatar de la misma manera, pero como no existe letra especifica en la Ley esto se dejó de lado. Dijo también que los partidos y Organizaciones políticas no apoyan los liderazgos femeninos al interior y es por eso que a la hora de preparar listas no saben que candidatas mujeres elegir, pero se insistirá para que tanto los partidos como el Tribunal Supremo Electoral cumplan con los principios señalados.