Lo que indica la normativa boliviana sobre la designación de embajadores

La Ley 465 establece que el presidente del Estado tiene la libre disponibilidad de elegir a cualquier persona como embajadora. Dicha elección es revisada por la Cámara de Senadores para aceptarla o denegarla

En el contexto nacional se ha generado la polémica en torno a la posibilidad de que la exdiputada paceña Lidia Patty Mullisaca pueda ser nombrada como embajadora de Bolivia en Paraguay, pero  ¿qué dicen las normas bolivianas?, ¿qué requisitos se requieren para asumir un cargo diplomático?

En una entrevista publicada el 2 de diciembre con la Red Uno, la exdiputada Lidia Patty declaró que para ocupar un cargo “no es necesario prepararse”, ya que ella tiene otra ideología.

En este espacio de Sin Duda te contamos qué dice en realidad la normativa boliviana para este tipo de designaciones.

La Constitución Política del Estado, a través del artículo 160 señala que la Cámara de Senadores toma la decisión de aprobar o negar el nombramiento de embajadores propuestos por el presidente del Estado:

¿El presidente es la única persona que puede postular a un embajador? 

El equipo de Bolivia Verifica revisó la Ley del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia No. 465 del año 2013 para contestar esta interrogante.

En el artículo 41 se mencionan los requisitos para que una persona se desempeñe en un cargo público en el Ministerio de Relaciones Exteriores y  son los siguientes:

En el artículo 42 se abordan las clasificaciones que hay en los servidores públicos y son tres:

Según el inciso No. 1, una persona puede ser viceministra, embajadora o cónsul por designación o nombramiento, conforme a lo establecido por la Constitución.

Señala que el presidente puede hacer una designación; en el caso de embajadores esta propuesta será evaluada en la Cámara de Senadores.

En el inciso No. 3 se menciona que una persona de carrera que estudió en la academia diplomática también puede ser nombrada.

No obstante, no aclara que estos profesionales son los únicos que puedan ser designados para el rol de embajador o para  un cargo diplomático de alto rango.

El diputado paceño de Comunidad Ciudadana (CC) Gustavo Aliaga Palma, quien fue embajador de Bolivia en Argentina, explicó que en la normativa no se especifica que una persona deba tener un estudio de carrera como tal para ser embajadora.

El presidente puede elegir a quien quiera como lo hizo a (Mario) Cronenbold, por eso (en la Ley 465) lo llama de libre disponibilidad”, explicó.

También mencionó que la libre designación implica que el jefe de Estado pueda elegir a quien prefiere y luego en el Senado con mayoría de dos tercios se acepta o rechaza la designación.

Gustavo Aliaga acotó que en otros países el proceso de designación de diplomáticos es “totalmente diferente”.

“En Brasil es 30% (elegido) y 70% debe ser salido de la carrera, en Estados Unidos es 10% y 90%; entonces, la carrera tiene más privilegio. En Bolivia casi el 80 o 90% lo define el presidente”, indicó el legislador.

El diputado recordó que esta normativa abrogó la Ley 1444 de 1993 que daba requisitos y escalones diplomáticos a una persona para asumir el cargo de embajadora. “El Decreto Supremo 465 lo que hizo es demoler el 1444 de servicios”, mencionó.

¿Qué decía la Ley 1444?

Antes de la Ley 465, el tema del servicio de relaciones exteriores era normado por la Ley 1444 del 15 de febrero de 1993, la cual fue promulgada en el Gobierno de Jaime Paz Zamora.

La normativa establecía requisitos y méritos para asumir el cargo de embajador.

En el reglamento del escalafón diplomático, aprobado en 1995, se mencionaba que las personas debían pasar la Carrera Diplomática Nacional y luego ir ascendiendo por méritos desde tercer secretario hasta llegar al cargo máximo de embajador.

En el año 2013, durante el Gobierno de Evo Morales Ayma, con la promulgación de la normativa 465, fue abrogada la Ley 1444 y todas sus disposiciones.

En la sesión del 29 de noviembre de 2022 de la Cámara de Senadores donde se aprobó la Ley del Censo, la presidenta de la Comisión de Política Internacionales María Roxana Nacif, quien es  de la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS), solicitó la reposición del proyecto de resolución camaral 108/2021-2022, referente a la designación del embajador de Bolivia en Paraguay. Esta petición fue aceptada.

Lo que prosigue es que la citada comisión analice y apruebe la designación para que luego sea el Senado que lo trate en una “sesión reservada”.

Tras hacerse eco el anuncio, diferentes medios de comunicación (1, 2, 3) mencionaron que esta comisión planea proponer como embajadora a la exdiputada y exdirigente de las mujeres bartolinas Lidia Patty.

Si bien se informó que el 6 de diciembre se conocería si el Senado aceptó o no la designación de la exdiputada del MAS, aún no existe un pronunciamiento oficial.

Destitución del último embajador en Paraguay

La embajada de Bolivia en Paraguay se encuentra sin un representante desde noviembre de 2021, tras un incidente que tuvo Mario Cronenbold por una broma con el tereré, una bebida tradicional paraguaya, que causó molestia en ese país.

El Gobierno nacional destituyó el primero de noviembre de 2021 del cargo de embajador en Paraguay a Mario Cronenbold Aponte por un “inconveniente diplomático”, según indicaba el comunicado de la Cancillería.

La destitución del cruceño Mario Cronenbold fue realizada después de la publicación de un polémico video en su cuenta de TikTok  donde cambiaba su voz a partir del consumo de tereré hasta hablar guaraní en un tono chillón.

El entonces embajador fue declarado “persona non grata” por la Cámara de Diputados paraguaya.

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