¿Estafas inmobiliarias? Seis cosas que debe verificar para no ser engañado

No sólo verifique los documentos de un inmueble, investigue los antecedentes de las inmobiliarias y las empresas constructoras que ofrecen el bien patrimonial. Hay instituciones públicas que pueden ayudarle.

Leny Chuquimia/Página Siete

Desde hace varios meses las autoridades y actores del sector mostraron preocupación por el incremento de los engaños y estafas inmobiliarias. Las víctimas se cuentan por cientos, dieron grandes sumas de dinero para pagar departamentos en preventa que, con el tiempo, no les fueron entregados o no se construyeron. Muchos simplemente pagaron por propiedades que no existían o que tenían varios propietarios registrados.

¿Usted escuchó sobre las estafas inmobiliarias? ¿Fue víctima de un engaño de este tipo o teme serlo? A continuación le presentamos lo que debe revisar antes de hacer una inversión patrimonial.

1. Verifique el comercializador

Las comercializadoras son las inmobiliarias o empresas que prestan un servicio de intermediación en la venta de bienes inmuebles. Suelen ser contratadas por las desarrolladoras o constructoras de proyectos como condominios, urbanizaciones y viviendas, entre otros.

Lo básico que deben tener estas empresas es un Número de Identificación Tributaria (NIT) de Impuestos Nacionales, una Licencia de Funcionamiento Municipal y una matrícula de comercio que es emitida por el Servicio Plurinacional de Registro de Comercio (Seprec). Puede verificar los documentos en los portales digitales de cada institución.

Lo ideal es que la comercializadora esté afiliada a una institución o cámara como la Caincruz, la Cámara de Empresas de Bienes Raíces de Cochabamba (Cebirac) u otra similar en cada región, para que en caso de que haya algún problema tenga a donde acudir en busca de orientación y ayuda.

“En el rubro inmobiliario se presentan muchas situaciones de informalidad y es un ámbito en el que más riesgo de daño se corre. Se presentan como empresas bonitas, pero de un día para el otro desaparecen”, manifestó el director de Caincruz, Juan Carlos Alarcón.

2. Investigue a la constructora

Al igual que en la comercializadora, la constructora o desarrolladora debe tener sus papeles en orden (NIT, matrícula del Seprec, licencia de funcionamiento), para tener certeza de que cumplen con todas las obligaciones normativas e impositivas. Además, se debe indagar en su currículo y los otros proyectos entregados.

“Cuando un proyecto está listo, para entrega inmediata es más fácil validar que será una buena compra, porque se puede verificar que todo está al día (plano de uso de suelo, certificado catastral, folio real, etc.). Sin embargo, la compra en preventa se basa en la confianza en el vendedor. Por esta razón es indispensable conocer a la empresa desarrolladora y su experiencia entregando proyectos anteriores”, explicó el presidente de la Cámara Boliviana de Desarrolladores Inmobiliarios (CBDI), Juan Pablo Saavedra.

3. Revise los documentos

Para toda transacción inmobiliaria, ya sea de proyectos a futuro, compras de casa o terrenos, siempre se debe pedir el folio real. En el documento está el número de registro con el que se puede pedir una copia en Derechos Reales, por cuenta propia.

Esto le ayudará a verificar que el documento no esté adulterado, falsificado o desactualizado. Ahí podrá revisar todo el historial del inmueble, los dueños originales y los compradores, si es que hubiera, y si éstos corresponden a los actuales propietarios.

“Con el documento se debe revisar si el inmueble tiene algún gravamen, no sólo económico, sino judicial o por impuestos. El comprador, por su cuenta, debe sacar este folio y revisarlo con un abogado para asegurar el tema legal”, declaró Alarcón.

La directora general del Viceministerio de Defensa al Consumidor, Paola Soria, indicó que es importante que los compradores verifiquen que el derecho propietario esté a nombre de la empresa constructora o la persona que lleva a cabo la venta de un determinado bien inmueble, sobre todo cuando se trata de una preventa, que es un bien a futuro.

4. No entregue su dinero

Las inmobiliarias son sólo intermediarias. Desde Caincruz se explicó que en ningún momento pueden cumplir otra función que no sea la de mediar entre el propietario que recibe el dinero por la venta y el cliente que lo entrega al comprar. Se constituyen en un nexo para que la operación sea un éxito, pero no reciben el dinero de un inmueble.

“Todo debe ser directo. La ganancia, comisión y aranceles lo ve la inmobiliaria una vez concluida la transacción, con quien tomó el servicio. No debe inmiscuirse en el tema económico, a no ser que sea por las reservas mínimas, que por seguridad debe tener un recibo físico”, explicó Alarcón.

5. No dan financiamiento

Tenga cuidado con las promesas de financiamiento. En el sector inmobiliario no es normal que se ofrezca este servicio porque se daría lugar a actividades que deben ser reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Ninguna institución inmobiliaria puede realizar préstamos, créditos o prometer intereses a cambio de inversiones, sin tener una licencia financiera.

La ASFI advierte a la ciudadanía no dejarse sorprender por este tipo de anuncios, en los que se ofrecen condiciones financieras aparentemente favorables. Señala que al estar al margen de la regulación de esta entidad podrían ser un engaño o estafa.

En estos casos se recomienda acudir sólo a las entidades autorizadas para realizar actividades financieras. La lista está publicada en la página web de la ASFI o puede llamar a la línea gratuita de la institución: 800-103-103.

6. Los contratos de preventa

En el caso de compras en proyectos de preventa, pida la ayuda de un abogado, de alguna de las cámaras inmobiliarias legalmente establecidas o de Defensa al Consumidor. Así podrá verificar que el contrato a firmar no contenga cláusulas abusivas y se enmarque en la ley.

El Decreto Supremo 4732, promulgado el miércoles 1 de junio de 2022, dispone que estos contratos deben tener claros los pagos que se harán para la venta, la entrega inmediata del título de propiedad una vez pagado el bien y que no habrá modificaciones unilaterales en el acuerdo.

“Este decreto supremo señala 17 parámetros que deben cumplir estos contratos para evitar las cláusulas abusivas, como que deben estar identificados el propietario del bien inmueble, el promotor, intermediario o constructor, además de la identificación de los documentos”, señaló el viceministro de Defensa al Consumidor, Jorge Silva.

#ElPolígrafo es un trabajo coordinado por Bolivia Verifica y la Fundación para el Periodismo con el apoyo de CAPIR. Participan Asuntos Centrales, Correo del Sur, El País, F10, La Palabra del Beni y Página Siete.

 

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