Estado de excepción en Bolivia: qué puede hacer el Gobierno y cuáles son sus límites
No hay restricciones de circulación, de reunión o de atención en bancos o comercios, excepto en regiones donde se registran conflictos. El presidente Paz declaró la medida en la madrugada de este sábado.

Jesús Vargas Villena
Unos estaban prendidos con el post mundial de fútbol, otros descansando o quizás en alguna reunión social, con más tranquilidad tras oficializarse el acuerdo entre el Gobierno nacional y la Central Obrera Boliviana (COB) tras 50 días de bloqueos; sin embargo, pasada la una de la madrugada de este sábado 20 de junio, un nuevo comunicado presidencial despertó a todo el país: el presidente Rodrigo Paz Pereira declaró el estado de excepción en todo el territorio nacional, pero ¿qué implica? En este explicador te lo contamos.
La declaración se sustenta en la Ley 1740, la cual entró en vigencia tras su promulgación el 8 de junio, que establece las condiciones, alcances y límites del estado de excepción.
La ley establece que el estado de excepción se aplica ante amenazas a la seguridad del Estado, conflictos internos, desastres naturales o situaciones que pongan en riesgo la continuidad institucional. La medida tiene una duración de 90 días y puede ser prorrogada con autorización legislativa.
¿Qué implica?
En base a la normativa vigente y la declaratoria presidencial, el estado de excepción implica los siguientes puntos:
- No se suspenden todos los derechos: continúan vigentes el debido proceso y las garantías constitucionales.
- Los comercios, mercados y puntos de venta pueden seguir funcionando.
- Los bancos y servicios financieros continúan operando, salvo restricciones en zonas afectadas por violencia.
- Las Fuerzas Armadas pueden apoyar a la Policía Boliviana para liberar vías y proteger a la población.
- Pueden establecerse toques de queda localizados, únicamente en áreas específicas definidas por las autoridades.
- La circulación y las reuniones pueden ser restringidas temporalmente, pero no prohibidas de manera generalizada en todo el país.
- Las salidas y llegadas de terminales de buses y aeroportuarias se mantienen estables, excepto en regiones que impliquen riesgo para el traslado de pasajeros.
- No existe una ley seca nacional; la venta y consumo de alcohol solo pueden limitarse en zonas con conflictos o bloqueos.
- La Policía y las Fuerzas Armadas actúan bajo una presunción de legalidad, aunque siguen sujetas a control judicial y constitucional.
- La medida debe ser temporal y excepcional y su duración no puede ser indefinida.
- La Asamblea Legislativa mantiene sus funciones y puede aprobar, modificar o rechazar la declaratoria.
- La Constitución Política del Estado continúa vigente y no se interrumpe el funcionamiento de los órganos del Estado.
- El estado de excepción concluye cuando desaparecen las causas que lo motivaron y se restablece la normalidad.
Según la información difundida por la Presidencia del Estado, la declaración de un estado de excepción en Bolivia no implica la paralización total de las actividades ni la suspensión de las garantías constitucionales.
Los comercios, mercados, bancos y servicios esenciales continúan operando con normalidad, salvo restricciones específicas en zonas afectadas por hechos de violencia o bloqueos.
Las Fuerzas Armadas pueden brindar apoyo a la Policía para liberar vías y proteger a la población, y pueden establecerse toques de queda localizados únicamente en áreas determinadas. Se mantiene vigente el debido proceso y las garantías constitucionales.

En cambio, las restricciones a la circulación, reuniones o consumo de bebidas alcohólicas solo deben aplicarse de manera temporal y focalizada, en los lugares donde existan riesgos para la seguridad o el orden público, y la medida cesará una vez que se restablezca la normalidad.
¿Se suspenden todos los derechos?
No. La norma señala que continúan vigentes derechos fundamentales como: la vida, el acceso al debido proceso, las garantías judiciales y la libre expresión. Sin embargo, durante el estado de excepción se pueden imponer restricciones temporales a determinados derechos, siempre que sean proporcionales y estén justificadas por la situación que motivó la declaratoria.
Sobre las prohibiciones
Según la información difundida por la Oficina del Presidente, durante el estado de excepción quedan prohibidas acciones que puedan poner en riesgo la seguridad y el orden público. Entre ellas se encuentran el bloqueo de calles y carreteras, la portación de armas y explosivos, el transporte de combustible en envases no autorizados, el uso de “miguelitos” u otros objetos peligrosos empleados para obstaculizar la circulación o causar daños.

Los denominados “miguelitos” son estructuras de metal con púas que incorporan explosivos, diseñadas para perforar neumáticos y destruir vehículos.
Según la declaratoria presidencial, estas restricciones buscan prevenir actos de violencia y garantizar el libre tránsito mientras se mantenga vigente la medida excepcional.
¿Qué facultades tienen las fuerzas del orden?
La Ley 1740 establece la presunción de legalidad para las actuaciones de las Fuerzas Armadas y de la Policía Boliviana cuando actúen en cumplimiento de las disposiciones emitidas durante el estado de excepción. Prevé la posibilidad de adoptar arrestos y otras medidas destinadas a restablecer el orden público, siempre que dichas actuaciones se desarrollen dentro del marco constitucional y bajo control judicial. No están permitidas las torturas, abusos policiales u otras violaciones a los derechos humanos.
¿El estado de excepción implica la suspensión de la democracia?
No. La Constitución establece que la declaratoria de estado de excepción no interrumpe el funcionamiento de los órganos del Estado ni suspende la vigencia de la Constitución. Además, la Asamblea Legislativa conserva la facultad de aprobar, modificar o rechazar la medida.
¿Qué dice la Constitución?
El artículo 139 de la Constitución Política del Estado establece que el estado de excepción constituye una medida extraordinaria y temporal, aplicable únicamente en circunstancias excepcionales. Su finalidad es restablecer la normalidad institucional y preservar el orden constitucional, sin que ello implique la supresión absoluta de los derechos y garantías reconocidos por la Carta Magna.
En síntesis, el estado de excepción, según la Ley 1740, no implica la suspensión de la democracia ni la paralización del país, sino la aplicación temporal de medidas extraordinarias para enfrentar situaciones de crisis, con restricciones focalizadas y manteniendo las garantías fundamentales previstas por la Constitución.
Acuerdo con la COB y bloqueos
La declaratoria presidencial se da en el día 51 del conflicto. El presidente Paz hizo la declaración después de llegar a un acuerdo con la COB que había liderado las movilizaciones y bloqueos por 50 días en la zona troncal del país con cercos que impidieron el ingreso regular de alimentos a ciudades como La Paz, El Alto u Oruro.

El documento de acuerdo entre el Gobierno y la COB firmado este viernes 19 de junio está orientado a la pacificación y recuperación del país, tras las medidas de presión asumidas por diferentes sectores agremiados a esta organización.
Si bien se logró el citado acuerdo, hay otras organizaciones sociales como la Federación de Campesinos de La Paz Túpak Katari que anunciaron que van a continuar con las medidas de presión, situación similar ocurre con otros grupos que mantienen los bloqueos en algunas regiones de La Paz, Oruro, Cochabamba y Santa Cruz, cuya principal exigencia es la renuncia del presidente Paz. Según el Gobierno nacional, estos sectores son afines al expresidente Evo Morales y tienen intereses políticos partidarios.
Los últimos reportes indican que existen a la fecha cerca de 40 puntos de bloqueo aún activos en el país.