Eduardo Gutiérrez omite datos clave sobre su situación jurídica en el caso Brisa de Angulo

El acusado afirma que no es prófugo y que no se fugó de Bolivia. Sin embargo, su declaración omite que existe un proceso abierto en su contra, una declaratoria de rebeldía y mecanismos de búsqueda internacional vigentes.

La activista Melania Torrico publicó el 20 de abril una entrevista realizada en Bogotá, Colombia, a Eduardo Gutiérrez Angulo, acusado en el caso Angulo Losada vs. Bolivia. En este espacio, el entrevistado expuso su versión sobre los hechos y sobre su situación jurídica actual frente a la justicia boliviana.

A lo largo de la conversación, Gutiérrez aborda distintos momentos del proceso judicial en su contra. Asimismo, se refiere a la relación que mantuvo con la denunciante, describiendo aspectos de la misma, lo que constituye un reconocimiento público de la existencia de esa relación.

Sin embargo, algunas de sus afirmaciones presentan información incompleta o carecen de elementos clave que permiten comprender con mayor precisión el estado actual del caso.

 “No soy prófugo”

En el minuto 3:40, Torrico le consulta sobre su situación legal y las versiones que lo señalan como prófugo; a lo que Gutiérrez respondió:

“Es falso, yo no me he cambiado el nombre (…) y lo otro que dicen que yo me fugué, tampoco es cierto. En el año 2005 yo tengo un juicio donde me dan sentencia absolutoria por unanimidad…”

Además, sostuvo:

“Yo no me fugué, yo llegué a Colombia con mi sentencia absolutoria, yo lo que hice fue no regresar, eso es muy diferente.”

En la entrevista también menciona que en 2022 fue detenido en Colombia en el marco de un proceso de extradición solicitado por Bolivia. Según su versión, este trámite no se concretó debido a que la documentación requerida no fue presentada dentro del plazo establecido.

Estas afirmaciones parten de hechos reales, pero presentan una versión parcial de su situación jurídica, al centrarse únicamente en lo ocurrido hasta su absolución y en su salida del país.

Lo que su versión omite

Si bien es cierto que Gutiérrez salió de Bolivia tras una sentencia absolutoria en 2005, su explicación omite elementos fundamentales que ocurrieron posteriormente y que son determinantes para entender su situación actual.

De acuerdo con el desarrollo del proceso, la causa no concluyó de forma definitiva. Años después, el caso fue reactivado y, en el marco de este nuevo proceso, Gutiérrez no se presentó ante la justicia boliviana, lo que derivó en su declaratoria de rebeldía.

Esta figura implica que la persona no comparece ante la autoridad judicial y, por tanto, no se encuentra a disposición de la justicia. Como consecuencia, se emitió una orden de aprehensión en su contra, con el objetivo de garantizar su presencia en el proceso.

En este contexto, también se activaron mecanismos de búsqueda internacional, como una notificación roja de Interpol, que permite a los países miembros colaborar en la localización y eventual detención de una persona con fines de extradición.

La omisión de estos elementos genera una interpretación incompleta de su situación jurídica, ya que deja de lado hechos posteriores que modifican el estado del proceso.

Detención en Colombia y proceso vigente

Gutiérrez también menciona que fue detenido en Colombia y posteriormente liberado, lo cual es correcto. Sin embargo, la explicación sobre este episodio requiere mayor precisión.

Su detención se produjo en el marco de una solicitud de extradición presentada por Bolivia. No obstante, la Corte Suprema de Justicia de Colombia determinó que dicha solicitud había prescrito, aplicando disposiciones de un tratado bilateral de 1911 entre ambos países.

En consecuencia, el proceso de extradición no se concretó y Gutiérrez recuperó su libertad en territorio colombiano. Sin embargo, esta decisión responde a criterios legales propios del sistema judicial colombiano y no implica una resolución sobre el fondo del caso ni la determinación de su responsabilidad.

En ese sentido, es importante señalar que la negativa de extradición no significa el cierre del proceso penal en Bolivia. El caso continúa abierto y vigente en ese país.

Además, actualmente existe un debate jurídico en Colombia respecto a esta decisión, ya que el caso se encuentra en revisión ante la Corte Constitucional, que deberá analizar si la interpretación aplicada es compatible con la Constitución y con estándares internacionales en materia de derechos humanos.

¿Qué dice una especialista?

Al respecto, la secretaria técnica de la Comunidad de Derechos Humanos, Mónica Bayá explicó que el proceso penal contra Eduardo Gutiérrez Angulo se mantiene abierto en Bolivia y que, en ese marco, el acusado fue declarado en rebeldía, lo que implica que no se encuentra a disposición de la justicia.

En ese contexto, señaló que existe una búsqueda activa a nivel internacional, a través de mecanismos como la notificación roja de Interpol, la cual tiene como objetivo facilitar la localización y eventual detención de una persona con fines de extradición.

Bayá enfatizó que la negativa de extradición por parte de otro país, como ocurrió en Colombia, no implica el cierre del proceso penal en Bolivia, ya que se trata de decisiones adoptadas en jurisdicciones distintas. En ese sentido, aclaró que el caso continuará vigente hasta que el acusado sea puesto a disposición de las autoridades bolivianas.

Respecto al proceso en Colombia, explicó que la Corte Suprema de Justicia de Colombia emitió una decisión en la que determinó que la solicitud de extradición estaba prescrita, aplicando un tratado bilateral de 1911. Sin embargo, precisó que este criterio no necesariamente resuelve el fondo del caso, sino que responde a una interpretación jurídica sobre los plazos aplicables en materia de extradición. Asimismo, remarcó que el caso se encuentra en análisis ante la Corte Constitucional de Colombia.

Finalmente, la abogada subrayó que la efectividad de los mecanismos de cooperación internacional depende del marco legal del país donde se encuentre la persona. En ese sentido, el proceso podría avanzar si el acusado es detenido en un tercer país con acuerdos de extradición vigentes con Bolivia, o si decide presentarse voluntariamente ante la justicia boliviana para asumir su defensa.

Contexto del caso

El caso Angulo Losada vs. Bolivia  se remonta a hechos ocurridos entre 2001 y 2002 en Cochabamba, cuando Brisa de Angulo tenía 16 años.

De acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la víctima denunció haber sufrido actos de violencia sexual por parte de su primo, diez años mayor, en un contexto de convivencia familiar.

El proceso judicial en Bolivia se extendió por años y estuvo marcado por decisiones contradictorias:

  • En 2003, el acusado fue condenado por estupro agravado.
  • En 2005, fue absuelto por unanimidad y quedó en libertad.
  • Posteriormente, la sentencia fue anulada y el proceso reactivado.
  • En 2008, al no presentarse a audiencias, fue declarado en rebeldía.

A la fecha, el caso no cuenta con una resolución definitiva.

En 2022, la Corte Interamericana determinó la responsabilidad internacional del Estado boliviano por la falta de investigación adecuada, la revictimización y las demoras en el proceso.

Conclusión

Gutiérrez sostiene que no es prófugo y que no se fugó de Bolivia. Si bien salió del país tras una absolución, su declaración se centra únicamente en ese momento y omite hechos posteriores que modifican su situación jurídica.

La reactivación del proceso, su declaratoria de rebeldía, la existencia de una orden de aprehensión y la activación de mecanismos de búsqueda internacional evidencian que el caso continúa vigente y que no se encuentra a disposición de la justicia boliviana.

Por ello, su afirmación resulta engañosa, ya que presenta una versión incompleta que no refleja el estado actual del proceso.