Conoce las normativas que permiten el “desmonte y las quemas controladas”

Existen leyes y decretos que establecen esta acción bajo el propósito de “ampliar la frontera agrícola” y “fomentar la producción de alimentos”.

Foto: Ministerio de Defensa de Bolivia.

J. Alexis Candia

La quema de pastizales con la finalidad de darle otro uso a la tierra está respaldada por un conjunto de normas aprobadas en más de 20 años en Bolivia, situación que ha permitido la tala y quema de la vegetación mediante la técnica del chaqueo.

El chaqueo es una técnica de cultivo realizada con la deforestación de un campo mediante el corte y la quema de plantas.

En 2019, se registraron 5,9 millones de hectáreas quemadas en Bolivia, lo que representa el 4% de la superficie del territorio boliviano. En 2020 fueron 4,5 millones de hectáreas las que devastaron los incendios, según datos de Conservation International.

A continuación, el recuento cronológico de las normativas en vigencia:

  • Decreto Supremo 24453, de 21 de diciembre de 1996

El Gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada aprobó el Reglamento General de la Ley Forestal de 12 de julio de 1996, “que forma parte integrante del presente decreto supremo“.

El artículo 43 del reglamento instruye un “sistema de multas progresivas y acumulativas” equivalente en bolivianos de entre 5 y 20 centavos de dólar estadounidense por hectárea, según la gravedad de la contravención.

La Fundación Solón denunció que, mediante esta legislación, Bolivia es el país con la multa más barata por deforestar: 20 centavos de dólar estadounidense (1,39 bolivianos) por hectárea afectada o quemada sin autorización.

  • Decreto Supremo 26075 de 16 de febrero de 2001

Esta normativa fue promulgada en el Gobierno de Hugo Banzer Suárez. El artículo 5 de la disposición presidencial permite en el departamento de Santa Cruz “el desmonte en tierras privadas sujeto a la aprobación del plan de ordenamiento predial”.

También se permiten las quemas “de acuerdo al Reglamento Especial de Desmonte y Quemas Controladas en las áreas clasificadas por el plan de uso de suelos que así lo permita”.

Artículo 5 del Decreto Supremo 26075.

Este artículo fue modificado el año 2019 en el Gobierno de Evo Morales Ayma con el fin de ampliar las áreas de producción del sector ganadero. La disposición presidencial fue derogada el 16 de septiembre de 2020 durante el Gobierno de Jeanine Áñez Chávez, por lo que el Decreto Supremo 26075 sigue vigente en su totalidad desde febrero de 2001.

 

  • Ley 337, de 11 de enero de 2013

Con esta normativa, el Gobierno de Evo Morales Ayma establece un régimen excepcional para el tratamiento de predios con desmontes que se hayan realizado sin autorización entre el 12 de julio de 1996 y el 31 de diciembre de 2011, cuyos beneficiarios se acojan al Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques.

La finalidad de esta ley es “incentivar en predios que hubieren sido objeto de desmontes sin autorización, la producción de alimentos para garantizar el derecho fundamental a la soberanía y la seguridad alimentaria y la restitución de áreas de bosques afectadas”.

Artículos 1 y 2 de la Ley 337.

El artículo 5 de la legislación indica que en predios con superficies mayores a las 50 hectáreas en tierras de producción forestal permanente, los beneficiarios del programa deberán restituir el 10% de la cobertura forestal afectada.

  • Ley 502, de 26 de febrero de 2014

Se modifican y amplían los plazos establecidos en los numerales 1, 3 y 4 del artículo 8 de la Ley 337 de 11 de enero de 2013, referentes a la suscripción al Programa de Producción de Alimentos y Restitución de Bosques, estableciéndose el plazo de 12 meses en cada caso, a partir de la vigencia de la presente normativa.

Otras modificaciones refieren al ámbito de aplicación previstos en el artículo 3 de la Ley 337.

  • Ley 741, de 29 de septiembre de 2015

Esta legislación tiene por objeto autorizar el desmonte de hasta 20 hectáreas “en pequeñas propiedades, propiedades comunitarias o colectivas en proceso de saneamiento o tituladas, y asentamientos humanos legalmente establecidos con resolución de autorización para el desarrollo de actividades agrícolas y pecuarias”.

  • Ley 1171, de 25 de abril de 2019

La primera disposición adicional establece, con carácter excepcional, un período de “regularización en el pago de deudas por sanciones administrativas por quemas sin autorización existentes a la fecha”.

Es decir, otorga un perdón en el pago de multas por quemas sin autorización.

Primera disposición adicional de la Ley 1171.

Consecuencias ambientales por la normativa vigente

Gustavo Pedraza Mérida, exministro de Desarrollo Sostenible y Planificación en la gestión de Carlos Mesa Gisbert, explicó a Bolivia Verifica que si bien la mayoría de las leyes vigentes provienen del Gobierno de Evo Morales, a la gestión de Luis Arce Catacora “le conviene” mantener estas normas porque “han dado la tierra como un instrumento para la fidelidad política”.

La exautoridad dijo que el objetivo central del Gobierno de Evo Morales era “entregar tierra del oriente a su base social que apoyaba políticamente al Movimiento Al Socialismo”, para eso se “trasladaron a miles de familias” y cambiaron el uso de tierras.

“Le cambiaron esa capacidad de vocación; de forestal a agrícola para dotar tierra a comunidades”. Es decir, mediante estas normativas lograron que las tierras forestales puedan ser entregadas a grupos sociales con el cambio de denominación de esos territorios.

Respecto a la Ley 741, Pedraza expuso que antes “el campesino podía desmontar hasta tres hectáreas sin ningún trámite”, ahora le dan derecho hasta 20 hectáreas.

“Los incendios no solo vienen de estos campesinos, sino también de esas ocupaciones ilegales que se han hecho en El Choré sembrando coca”, reveló el analista académico y político.

Alrededor de 20 hectáreas de coca fueron encontradas en el parque nacional y área natural de manejo integrado Amboró. Foto: Andreina Tolavi.

Según la explicación de Pedraza, hay un beneficio “personal” para pocas familias y el perjuicio es para los millones que no están viviendo en la selva, pero que están respirando el aire contaminado en las ciudades o consumiendo el agua que va disminuyendo.

“Menos árboles, menos agua. Más sequía, más incendios”, ejemplificó.

El oriente boliviano es la zona más afectada por los incendios forestales. El presidente del Colegio de Ingenieros Forestales de Santa Cruz (CIF-SC) Ever Durán expresó en 2019 que se “necesitará aproximadamente 200 años” para restablecer la zona afectada en ese periodo.

La problemática de los chaqueos sigue causando estragos. Hasta el 24 de octubre de 2023 se registraron más de 2 millones de hectáreas quemadas en Bolivia y a la fecha, se han detectado 27.655 focos de calor, según el Sistema de Monitoreo y Alerta Temprana de Riesgos de Incendios Forestales.

Actualmente, cinco incendios permanecen activos en municipios de los departamentos de Beni, La Paz y Santa Cruz.

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