El Gobierno no dolarizó el servicio de electricidad ni estableció un incremento del 5% en la tarifa
El Decreto Supremo 5647 modifica el mecanismo de estabilización tarifaria de la electricidad y no dispone que el servicio se cobre en dólares ni un incremento automático mensual.

Una publicación difundida en redes sociales (1 y 2) afirma que el Gobierno, a través de los Decreto Supremo 5647 y 5645, aprobó un incremento del 5% cada mes en la tarifa de electricidad, que ese porcentaje puede aumentar según el tipo de cambio del dólar y que se está “dolarizando” los servicios básicos. Sin embargo, estas afirmaciones son falsas.
El video, compartido desde la cuenta en Facebook y TikTok Radio n25bo, señala:
“Prepárate para pagar en dólares. El gobierno te acaba de lanzar un tarifazo de luz mientras ves el Mundial. Con el decreto 5647 la luz sube 5% cada mes. ¿Sabes qué significa eso? En un año casi 80% de aumento. Pero ojo, porque ese 5% puede ser más según el tipo de cambio del dólar. Sí, están dolarizando los servicios básicos. Y no solo la luz, también la gasolina”.
La publicación también muestra una factura de SAGUAPAC, cooperativa que presta los servicios de agua potable y saneamiento básico en Santa Cruz de la Sierra. Sin embargo, el contenido del video hace referencia al servicio de electricidad y atribuye efectos que no están contemplados en los decretos citados. Además, uno de ellos, el Decreto Supremo 5645, no guarda relación con las tarifas de servicios básicos ni con el servicio eléctrico.
Bolivia Verifica revisó ambas normas y constató que las afirmaciones del video no corresponden a lo que establecen los decretos.
¿Qué establece realmente el Decreto Supremo 5647?
El Decreto Supremo 5647 sí está relacionado con el servicio eléctrico, pero no dispone un incremento automático del 5% en la tarifa.
La norma tiene por objeto “establecer nuevos límites a la variación de las tarifas de electricidad e incorporar otros agentes que contribuyan en las medidas de su estabilización”.
La norma modifica el mecanismo de estabilización tarifaria vigente desde 2003 y eleva del 3% al 5% el límite máximo de variación mensual que puede aplicarse cuando cambian los costos del sistema eléctrico.
Es decir, la norma:
- No ordena aumentar las tarifas en 5%.
- No dispone que las tarifas deban subir todos los meses.
- Establece un nuevo techo máximo para la variación mensual, cuando ésta sea consecuencia de cambios en los precios del Mercado Eléctrico Mayorista o en los costos de distribución.
- El decreto también incorpora mecanismos para administrar esas diferencias mediante Fondos de Estabilización y factores determinados por el Ente Regulador.
El decreto tampoco dispone la “dolarización” de la electricidad
El video también afirma que las tarifas dependerán del tipo de cambio del dólar y que los servicios básicos serán “dolarizados”. Sin embargo, el decreto 5647 no establece que la electricidad deba cobrarse en dólares ni que las tarifas se calculen automáticamente según el tipo de cambio oficial.
La norma incorpora variables que el ente regulador puede considerar de manera excepcional dentro del mecanismo de estabilización tarifaria cuando existan variaciones en los costos del sistema eléctrico, entre ellas el precio del gas natural, la inflación y el tipo de cambio oficial.
Esto no significa que las tarifas eléctricas queden indexadas al dólar ni que cualquier variación del tipo de cambio genere automáticamente un incremento en la factura o que los usuarios deban pagar el servicio en moneda extranjera.
La publicación mezcla dos decretos distintos
El video también menciona el Decreto Supremo 5645 para reforzar la idea de una “dolarización” de los servicios básicos. Sin embargo, esa norma regula una materia completamente distinta.
- El Decreto Supremo 5645 únicamente autoriza exenciones tributarias para donaciones destinadas a entidades públicas;
- El Decreto Supremo 5647 modifica el mecanismo de estabilización tarifaria de la electricidad, pero no ordena incrementos automáticos del 5% ni establece que las tarifas dependan del dólar.
Conclusión
La información que circula en redes sociales es falsa. El Gobierno no aprobó la dolarización del servicio de electricidad ni estableció un incremento mensual del 5% en la tarifa.
El Decreto Supremo 5645 regula únicamente exenciones tributarias para donaciones destinadas a entidades públicas, mientras que el Decreto Supremo 5647 modifica o actualiza el mecanismo de estabilización tarifaria del servicio eléctrico. Ninguna de las dos normas dispone que la electricidad se cobre en dólares o que la tarifa aumente automáticamente un 5% cada mes.
El Gobierno no autorizó un incremento del 5% en la tarifa de electricidad