Análisis económicos e interpretación de estadísticas en la mira: regularlos o sancionarlos puede vulnerar la libertad de expresión

¿Es difícil separar la lectura política de la económica? Se debe tomar en cuenta que este trabajo se hacen en un escenario polarizado de Bolivia.

David Ovando

El contexto económico genera mucha interpretación de estadísticas y varios análisis de parte de especialistas. Sin embargo, en el ambiente político y polarización actual, estos son también sujeto de advertencias poniendo, una vez más, la libertad de expresión en riesgo.

Estudios cualitativos y cuantitativos, análisis económicos, lecturas técnicas de cifras, propuestas macroeconómicas o microeconómicas, interpretación de estadísticas, datos de importación o exportación, comportamiento de las monedas en el escenario local o internacional, hoy marcado por la guerra en Ucrania, son aspectos que los economistas abordan desde una perspectiva académica o institucional.

Trabajan con cifras regionales, por ejemplo de Bolivia o Latinoamérica, y los explican para que la gente las entienda. Es un trabajo común.

Sin embargo, la Autoridad del Sistema Financiero (ASFI) advirtió el 27 de frebrero que habrá procesos penales contra las publicaciones de «rumores» sobre escasez de dólares. “La pena por divulgar datos falsos es de cinco a 10 años de cárcel”, añade el comunicado.

Para el jurista y experto en libertad de expresión, Ramiro Orías, quien conversó con Bolivia Verifica, penalizar este tipo de conductas excede el marco legal interamericano de protección a la libertad de expresión.

Orías recordó que la libertad de expresión es fundamental en democracia y que la agenda social está abierta a la crítica pública”, insistió.

“Como lo dijo el relator especial de Naciones Unidas para la Libertad de Expresión, la mejor cura contra la desinformación es la entrega de información de calidad”, añadió Orias a tiempo señalar que el Estado tiene el deber de informar y de crear una pedagogía de la información verosímil, creíble, sustentada en fuentes serias.

“Si hubiera un daño, información maliciosa o de afectar la economía, las sanciones son posteriores y civiles. Por lo tanto, no se puede criminalizar la libertad de expresión”, concluyó.

Rechazo a la «censura»

El presidente de la Asociación Nacional de la Prensa de Santa Cruz (ANPSC), Roberto Méndez, rechazó el intento de censura y recordó al Gobierno nacional que es inconstitucional pretender «esta especie de cacería de brujas contra quienes se expresen sobre temas económicos».

“El artículo 21, inciso 5, de la Constitución dice que los bolivianos tenemos derecho a  expresar y difundir libremente pensamientos u opiniones por cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva; y el inciso 6, que tenemos derecho a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”, apuntó.

Asimismo, que el artículo 106 dice textualmente que “el Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información, a la libertad de opinión y de información, a la rectificación y a la réplica, y el derecho a emitir libremente las ideas por cualquier medio de difusión, sin censura previa».

Desde luego, que quienes se refieran al tema «deben ser lo suficiente responsables de citar fuentes y realizar los comentarios de manera constructiva», finalizó Méndez.

Por su parte, el constitucionalista Julio Veizaga recordó que el rumor no está tipificado como delito, en consecuencia nadie podrá ser condenado o sometido a medida de seguridad por un hecho que no está expresamente previsto como delito por la ley penal.

“El orden jurídico en Bolivia no contempla dicha figura penal, por lo que ASFI puede decir cualquier cosa, no tiene sentido ni coherencia”, concluyó.

Ratifica sanciones

La ASFI, en un cuestionario respondido a Bolivia Verifica, admitió que existe una «demanda inusual» de dólares debido a un «desvío» de la conducta usual de los consumidores financieros en Bolivia, que, según la entidad de fiscalización, prefiere la moneda nacional.

En días recientes, ante un presunto incremento de la demanda de dólares, el director ejecutivo de la ASFI, Reynaldo Yucra, advirtió con iniciar procesos penales contra quienes difundan información financiera “falsa” que provoque, por ejemplo, un mayor requerimiento de la moneda extranjera.

La ASFI ratificó a Bolivia Verifica que existe una norma que sanciona en el país la difusión de información financiera falsa con hasta 10 años de cárcel.

La entidad, en una de sus respuestas al cuestionario, explicó por qué considera existe especulación financiera detrás de la inusual demanda de dólares.

Asegura que al cierre de la gestión 2022, más del 99% de la cartera de créditos se encontraba en moneda nacional, así como el 86% de los depósitos. Para la ASFI esto denota «que las transacciones de ahorro y crédito se realizan en moneda nacional, por lo que el aumento de la demanda de dólares de estos clientes (ahorristas y prestatarios) es usualmente mínima».

«Son los agentes económicos que operan con el comercio exterior los que trabajan con dólares, por lo que lo observado en los últimos días evidentemente se desvía de la conducta típica de los consumidores financieros, dando lugar a una demanda inusual», apuntó.

LA ASFI afirmó que no rechaza las observaciones a las políticas cambiarias del Gobierno sino la información falsa al respecto.

«Las disposiciones contenidas en el Artículo N° 491 de la Ley de Servicios Financieros no se refieren a las opiniones u observaciones sobre el carácter de la política económica, sino a la difusión de información falsa que induzca o provoque el retiro masivo de depósitos de una o varias entidades de intermediación financiera, e incite o induzca a los clientes a no cumplir con los compromisos financieros adquiridos».

Agregó que la Ley de Servicios Financieros también fija la sanciones para quienes difundan información financiera falsa y son de cinco a 10 años de cárcel.

Qué dice la norma señalas por ASFI

El artículo 491 de la Ley de Servicios Financieros dice:

«La persona individual que por cualquier medio difunda o encomiende difundir información falsa acerca del sistema financiero boliviano o de sus entidades, que induzca o provoque el retiro masivo de depósitos de una o varias entidades de intermediación financiera, incite o induzca a los clientes a no cumplir con los compromisos financieros adquiridos, dañando o deteriorando la imagen y estabilidad de una entidad de intermediación financiera o del sistema financiero nacional (…) incurrirá en privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años y multa de cien (100) a quinientos (500) días».

Se excluyen del alcance de este inciso los estudios, análisis y opiniones de carácter científico que, con base en información auténtica y verificable, estén orientados a evaluar o calificar el sistema financiero o sus actores, buscando maximizar su eficiencia y desarrollo.

Controles en casas de cambio

La Asfi informó el viernes pasado que viene realizando constantes controles a casas de cambio, que cuentan con Licencia de Funcionamiento otorgada por esta Autoridad, a efectos de evidenciar que estas entidades realizan la compra/venta de dólares americanos aplicando los Tipos de Cambio que se encuentran dentro del rango establecido por la normativa del BCB.

Frente a comentarios que circulan en redes sociales señalando que las casas de cambio estarían realizando la compra/venta de dólares americanos a tipos de cambio diferentes de los establecidos por el BCB, los controles realizados en distintas ciudades capitales y ciudades intermedias del país, comprobaron que estas entidades vienen realizando transacciones enmarcadas en la banda de cotizaciones que el Ente Emisor ha dispuesto en relación a la moneda estadounidense.

 

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