Verdadero: Impuestos prohíbe portar celulares o cámaras en sus instalaciones; experta advierte excesiva severidad en la medida
La restricción se realizó mediante una circular que entró en vigencia el 14 de febrero de 2025. Toda persona debe solicitar autorización previa para meter los equipos móviles.
A través de Facebook (1 y 2) se difunde una circular a nombre del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), donde se prohíbe a los contribuyentes o personas particulares el ingreso con teléfonos celulares o cámaras de video a sus instalaciones. Nuestro equipo de prensa comprobó que el documento es verdadero.
La instrucción fue emitida días después de que una legisladora de oposición ingresó a sus oficinas con la idea de exigir al presidente del SIN explicaciones por la falta de pago del reintegro del IVA. Una experta constitucionalista en Derechos Humanos recuerda que fiscalizar al poder es un derecho reconocido en la Carta Magna.
El documento, con fecha del 14 de febrero de 2025, lleva la firma del presidente ejecutivo del SIN, Mario Cazón, y determina lo siguiente:
“Con la finalidad de resguardar todas las instalaciones del SIN y precautelar la seguridad de todos los servidores públicos y consultores, a partir de la fecha se instruye: En la Oficina Central, Gerencias Distritales y Graco’s, el personal de seguridad deberá realizar el control a quienes visitan nuestras instalaciones. Toda persona particular o contribuyente que ingrese a las oficinas del SIN, deberán pasar por el punto de control, para la revisión de los objetos personales (mochilas, bolsos, cajas, etc.). Se prohíbe el ingreso de teléfonos celulares y cámaras de video al interior de las oficinas del SIN».
También informa que solo los gerentes y responsables de cada área son las personas autorizadas para otorgar permisos a quienes requieran ingresar sus equipos.
En las plataformas digitales, la circular se empezó a difundir el 20 de febrero de 2025 por medio de distintas páginas que alertaron sobre la prohibición. Estas publicaciones obtuvieron más de 1.100 reacciones, 292 comentarios y se compartieron en 306 oportunidades.
Ante la difusión de estos contenidos y en consulta con Bolivia Verifica, el SIN respondió de manera oficial que la circular es verdadera y que es un procedimiento interno para resguardar la información tributaria de los contribuyentes a fin de «prevenir posibles filtraciones de datos».
“Es importante aclarar que las medidas de seguridad implementadas por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) son prácticas comunes en todas las instituciones públicas y privadas, y no exclusivas de esta entidad”, respondieron por escrito.
Análisis y observaciones
El 12 de febrero de 2025, la diputada de Comunidad Ciudadana, Samantha Nogales, se dirigió al SIN e ingresó a las instalaciones junto a su camarógrafo para buscar al presidente de esa entidad y para mostrarle los reclamos de cientos de ciudadanos por la falta de pago del Régimen de Reintegro en Efectivo del Impuesto al Valor Agregado (Re-IVA).
En esa oportunidad, le dijeron que estaba prohibido grabar. Por último la parlamentaria denunció que la echaron del lugar y no le atendieron.
@samanthanogalesa #ReIVA Hoy fuimos a Impuestos Nacionales a exigir los pagos que no se hicieron en 2024, son miles de denuncias y aunque no nos recibieron, vamos a continuar exigiendo este derecho de los bolivianos. #Bolivia #Impuestos ♬ sonido original – Samantha Nogales
Tras el hecho, Nogales publicó un video expresando su preocupación por la circular que luego emitió el SIN y sentenció que la prohibición es arbitraria. En su criterio, Impuestos tomó la determinación luego de que ella pretendiera ejercer su atribución como fiscalizadora.
@samanthanogalesa Esta medida de 0 posibilidades de transparencia o denuncia de parte de Impuestos Nacionales debe ser reconsiderada. La población necesita transparencia de parte de las instituciones. #ReIVA #Impuestos #Bolivia ♬ sonido original – Samantha Nogales
En el numeral 17 del artículo 158, referido a las atribuciones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, la Constitución Política del Estado (CPE) establece que legisladores y legisladores tienen la prerrogativa de «controlar y fiscalizar los órganos del Estado y las instituciones públicas».
Para la abogada constitucionalista y defensora de los Derechos Humanos Kathia Saucedo, la circular emitida por el SIN es bastante severa.
“Se trata de una institución pública y las condiciones de seguridad deberían de ser mínimas, bastaría con un guardia que revise y controle”, analizó.
Asimismo, advirtió que la medida del SIN puede obstaculizar la fiscalización ciudadana que figura como derecho en la CPE.
En el numeral 5, parágrafo II, del artículo 26 de la Carta Magna se establece que todas y todos los ciudadanos tienen derecho a “la fiscalización de los actos de la función pública”.
Al respecto, desde el SIN respondieron lo siguiente: “El SIN es una entidad pública y, como tal, debe garantizar la seguridad y confidencialidad de la información tributaria (…). La restricción de celulares no impide el ejercicio de derechos, sino que busca proteger datos sensibles de los ciudadanos que acuden a realizar trámites tributarios”.
Aclararon también que la ciudadanía «tiene derecho de ingresar con celulares, cámaras, dispositivos (celulares), previa autorización y su derecho de portar los mismos está garantizado”. Este permiso puede solicitarse al momento de ingresar sin que implique tiempo adicional.
Por ejemplo, en el ámbito privado, en el sistema de las entidades financieras, las y los usuarios tienen el derecho de ingresar a las agencias portando todos sus artículos personales y nadie hace una revisión ni se debe solicitar permiso por ello. Lo que sí no está permitido es usar un equipo de telefonía móvil mientras realiza su gestión.