Censo 2024: ¿En cuánto y a qué departamentos podría afectar la redistribución de escaños?

En criterio del experto en población Esteban Morales, la variación será mínina. Y según coordinador de la Ruta del Censo, Mario Galindo, dependiendo los procedimientos que dicten la Ley No. 421, Santa Cruz podría ganar hasta tres (3) escaños. 

Hemiciclo del Edificio Legislativo, fuente: Cámara de Diputados.

Tras la presentación de los resultados del Censo de Población y Vivienda 2024 —oportunidad en la que se informó que la población de Bolivia alcanza a los 11.312.620 habitantes— surgieron una serie de dudas, cuestionamientos y expectativas, entre ellas la nueva distribución de escaños en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP).

¿Qué es un escaño?

La definición de un escaño es el asiento o espacio que ocupa cada asambleísta en ambas cámaras de un parlamento; en el caso de Bolivia, en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Por ahora y de acuerdo a ley, la Cámara de Diputados está conformada por 130 escaños, los cuales son ocupados por las y los representantes de los nueve departamentos del país en función de la población que tiene cada uno.

En este gráfico te mostramos cómo está distribuida la representación departamental en la Cámara Baja, según la Ley No 421:

¿Cómo se distribuyen los escaños?

El artículo 146 de la Constitución Política del Estado (CPE) en su parágrafo V indica que:

“La distribución del total de escaños entre los departamentos se determinará por el Órgano Electoral en base al número de habitantes de cada uno de ellos, de acuerdo al último Censo Nacional, de acuerdo a la Ley. Por equidad la ley asignará un número de escaños mínimo a los departamentos con menor población y menor grado de desarrollo económico. Si la distribución de escaños para cualquier departamento resultare impar, se dará preferencia a la asignación de escaños uninominales”.

La norma que regula la distribución es la Ley de Régimen Electoral No, 026, del 30 de junio de 2010, que en su artículo 57 parágrafo III indica:

“La distribución de escaños será modificada por ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional, después de un nuevo Censo Nacional de Población”.

Por otra parte, la Ley No. 421 indica que para distribuir los 130 escaños se debe tomar en cuenta el siguiente procedimiento:

  1. Asignación Mínima de Escaños a los Departamentos con Menor Población: Se identifica a los departamentos con mayor y menor población empleando la medida aritmética que cuando se trabaja con población se conoce como media poblacional. Asimismo, se determina la media poblacional de los departamentos con menor y mayor población empleando la estadística.

Seguidamente, se encuentra una razón electoral entre las medias poblacionales que posteriormente se emplea para calcular la cantidad de escaños que le corresponden a los departamentos con menor población.

  1. Asignación Mínima de Escaños a los Departamentos con Menor Grado de Desarrollo Económico: Se toman en cuenta el Índice de Desarrollo Humano (IDH) de Bolivia y el del departamento con menor IDH. Posteriormente, se deben aplicar factores de ponderación para calcular la cantidad de escaños a asignar a estos departamentos.

Se emplea una fórmula que relaciona los índices de desarrollo con los factores de ponderación. Los escaños se distribuyen en función de los resultados, aplicando redondeos si es necesario en caso de que los resultados tuvieran decimales.

  1. Asignación de Escaños por el Principio de Proporcionalidad: Se debe considerar el número de habitantes que tiene cada departamento, se divide su número de población entre números naturales (1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, etc.). “Hasta distribuir el resto de escaños existentes después de la aplicación del principio de equidad”, se lee en la Ley No. 421.

“Se ordenan de mayor a menor, los cocientes electorales obtenidos de la operación divisoria, hasta cubrir la cantidad de escaños totales, que quedan después de asignar los mismos por el principio de equidad, a los respectivos departamentos”. Al final se asigna a cada departamento la cantidad de escaños que matemáticamente le corresponda.

Todos los datos descritos dan cuenta de que cualquier intención de aumentar el número de escaños pasa, necesariamente, por modificar la CPE. Por su parte, una eventual modificación de la Ley No. 421 estaría en manos de la ALP, en tanto que el Tribunal Supremo Electoral es la entidad que decide cuántos escaños le toca a cada departamento según la cantidad de habitantes estipulada, en este caso, por el Censo 2024.

¿Qué departamentos ganarían representantes en la ALP y cuáles perderían?

Mario Galindo, coordirnador de la Ruta del Censo, explicó que con este fin se deben aplicar los tres criterios descritos en la Ley No 421 y en ese sentido consideró que existen tres escenarios posibles:

  1. “Si solo tomamos en cuenta el criterio de población para redistribuir escaños, Santa Cruz gana 1 escaño y Chuquisaca pierde 1”.
  1. “Si incorporamos el criterio de IDH, Santa Cruz gana 2 escaños y Chuquisaca pierde 1 y Potosí 1”.
  1. Por representatividad, “Santa Cruz gana 3 escaños, Chuquisaca pierde 1, Potosí 1 y La Paz 1. Ahora ¿cuál de los criterios va a tomar el Tribunal Supremo Electoral? No sabemos porque no han transparentado la forma en la que tomarán esa decisión”.

Para el especialista en administración pública y desarrollo local Esteban Morales los resultados de crecimiento poblacional del censo no representarán una variación considerable en la redistribución de escaños.

“Hay diputados indígena originarios campesinos asignados por minorías indígenas, y hay una decena que se asignan por compensación, por población y por pobreza. El tamaño de la torta es más chiquito de lo que realmente pensamos. Aun así, yo creo que es inevitable que La Paz y Santa Cruz ganen a uno cada uno, posiblemente recupere uno Chuquisaca que lo perdió en el censo pasado”, analizó.

¿Causará malestar la redistribución de escaños?

Para Galindo esta posibilidad es mínima. “Lo que ha hecho el Gobierno, con este resultado censal, es justamente evitarse esos problemas en distintas regiones. Si hubiéramos tenido 12.300.000 habitantes y no 11.312.620 como se dio a conocer, Santa Cruz ganaba cinco escaños, ahí si hubiera habido conflicto entre regiones. Pero uno más uno menos es muy sutil”, indicó.

 

Por su parte, Morales consideró que los problemas por la redistribución de escaños se presentan debido a que el número está cerrado en 130 y se le quita un representante a un departamento para aumentárselo al otro y eso es lo que causa la molestia.

En el siguiente audio argumentó su versión y además ejemplificó cómo se realiza el mismo proceso en otros países:

 

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