Dos datos falsos sobre los vocales del TSE en una transmisión de Facebook
A través de una transmisión en vivo en su cuenta de Facebook, el excandidato a la Presidencia, Virginio Lema, arremetió contra los vocales del Tribunal Supremo Electoral y vertió información falsa. Por un lado, dijo que el presidente del organismo, Salvador Romero, debe renunciar en base a lo que establece la Ley 026 y luego mencionó que todos los vocales deben hacerlo porque ya no hay procesos electorales en curso. Ninguna de estas dos afirmaciones tiene sustento legal, por lo cual se consideran falsas y en esta nota te explicamos más.
El excandidato a la Presidencia, Virginio Lema, manifestó que Salvador Romero debió «excusarse» y todos los vocales dejar el cargo porque ya no hay un proceso electoral en curso. Ninguna de estas afirmaciones tiene sustento legal
Virginio Lema, excandidato a la Presidencia por el MNR que en 2019 obtuvo el 0,6% de la votación. Actualmente conduce programas de análisis político en redes sociales
A través de una transmisión en vivo en su cuenta de Facebook, el excandidato a la Presidencia, Virginio Lema, arremetió contra los vocales del Tribunal Supremo Electoral y vertió información falsa. Por un lado, dijo que el presidente del organismo, Salvador Romero, debe renunciar en base a lo que establece la Ley 026 y luego mencionó que todos los vocales deben hacerlo porque ya no hay procesos electorales en curso. Ninguna de estas dos afirmaciones tiene sustento legal, por lo cual se consideran falsas y en esta nota te explicamos más.
Falso: «Este señor (Salvador Romero) se debió excusar de oficio, eso dice la Ley 026»
Lema acusó sin pruebas a Salvador Romero de ser pariente de la primera dama, Lourdes Durán Romero. Tras señalar el supuesto vínculo familiar, Lema señaló que «este señor (Salvador Romero) se debió excusar de oficio, eso dice la Ley 026».
Esa afirmación es falsa: la Ley 026 de Régimen Electoral establece los principios de la democracia participativa y las formas en las que ésta se ejerce, sin hacer mención en ninguno de sus artículos a las supuestas causales por las que un vocal tendría que «excusarse».
Por otro lado, la Ley 018 del Órgano Electoral Plurinacional (OEP), establece el régimen disciplinario de los vocales y en ninguno de sus artículos menciona un impedimento por el hecho de que el cónyuge de un candidato tuviese, si así fuera el caso, algún parentesco familiar.
Falso: «Todos los miembros del OEP nacional y departamental deben irse porque no hay proceso electoral ahora»
Otra afirmación falsa vertida por Virginio Lema durante la emisión del 13 de abril es que «todos los miembros del OEP nacional y departamental deben irse porque no hay proceso electoral ahora». Esta información es falsa, pues el mandato de los vocales electorales tiene una duración de seis años, independientemente de que existan o no procesos electorales en curso.
«Las vocales y los vocales desempeñarán sus funciones por un período de seis (6) años, computable a partir del día de su posesión, sin derecho a postularse nuevamente para el desempeño del mismo cargo», señala la Ley 018. Los actuales miembros de la Sala Plena del Órgano Electoral fueron posesionados en diciembre de 2019, por lo cual su gestión fenece en 2025.
Consultado sobre el sustento legal de su afirmación, Lema indicó a Bolivia Verifica que más allá de que sea legal o no, su declaración constituye un pedido ciudadano porque considera que los vocales no son probos y responden a intereses políticos.
Las funciones del organismo electoral no se limitan a administrar elecciones, acompañan otros procesos de decisión establecidos en la normativa boliviana como consultas previas o cabildos, ejecutan estrategias de fortalecimiento de la democracia y administran el Servicio de Registro Cívico, entre otros.
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