¿Subirá la luz?: Lo que debes saber sobre el nuevo decreto y el cálculo de las tarifas eléctricas
¿Cuál es el cambio puntual del Decreto 5750? Mantiene la estructura tarifaria de 2008, pero cambia la regla del dólar: en lugar de tomar la cotización de un solo día, utiliza promedios del Banco Central de Bolivia para amortiguar variaciones bruscas en la factura.

Por: Helga Velasco
Tras la promulgación del Decreto Supremo 5750 este 13 de octubre de 2026 —norma enfocada en modificar los mecanismos técnicos y fórmulas de indexación para las tarifas eléctricas—, comenzaron a circular diversas dudas y rumores sobre el impacto en los bolsillos de la población. En este Explicador, te detallamos cómo se calcularán las tarifas a partir de ahora y si esto representa un incremento real en el precio de la luz.
¿Cómo se calculaban las tarifas antes (Decreto Supremo 29598 de 2008)?
Hasta antes de este nuevo decreto, las tarifas se actualizaban bajo las reglas de este sistema:
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Cálculo mixto: Para calcular algunos cobros a los usuarios (como el cargo por consumidor o por potencia), se mezclaba la variación de la inflación (Indice de Precio al Consumidor) con la variación entre el precio actual del dólar y su precio base. También se tomaban en cuenta impuestos y metas de eficiencia para reducir pérdidas de energía.
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Cargos no atados al dólar: Otros componentes, como el costo directo de la energía, consideraban factores para evitar pérdidas de luz, pero no sumaban de forma directa la relación entre la inflación y el dólar.
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Valor de los equipos (activos): Cuando las empresas distribuidoras necesitaban actualizar el valor de sus bienes (maquinaria, infraestructura), la norma dividía los activos en dos grupos:
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La parte comprada en moneda extranjera se actualizaba según lo que variaba el dólar en un año.
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El resto de los bienes se actualizaba únicamente con la inflación anual (IPC).
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En términos sencillos: la regla anterior ya consideraba el dólar y la inflación, pero aplicaba el tipo de cambio de manera más directa y general.
¿Qué cambia exactamente con el Decreto Supremo 5750?
El Decreto Supremo 5750 no elimina las fórmulas anteriores, sino que las hace más precisas y detalladas en varios niveles:
Separación exacta de costos importados y locales
Ahora la norma exige diferenciar claramente qué parte de los costos de distribución corresponde a equipos e insumos importados (que se pagan en moneda extranjera) y qué parte corresponde a costos locales (en moneda nacional). De esta forma, se identifica exactamente qué porcentaje de la tarifa depende del dólar y cuál no.


capturas D.S. 5750
Ajustes en los precios de transmisión y nodos
El decreto ajusta las reglas de actualización para los precios de nodo (la energía al por mayor) y los peajes de transmisión (el transporte en alta tensión). Los costos de inversión, operación, mantenimiento y administración de estas grandes redes se revisarán cada seis meses, considerando la proporción real de equipos importados, el tipo de cambio, los aranceles de aduana y la inflación.

captura D.S. 5750
Nueva forma de calcular el tipo de cambio del dólar
El cambio más relevante está en la forma matemática de medir el dólar para evitar saltos repentinos en las tarifas:
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Promedio en lugar de un solo día: La fórmula calcula el valor del dólar (PD) sacando un promedio de las cotizaciones oficiales del Banco Central de Bolivia (BCB) registradas entre el día 25 de dos meses antes y el día 25 del mes anterior a la actualización.
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Comparación de promedios: La fórmula compara ese promedio actual con el promedio del periodo base (PDo). De esta forma, las variaciones diarias o repentinas no se trasladan directamente a la tarifa.
Actualización del valor de los activos a un año
Para actualizar el valor de la infraestructura y equipos importados de las empresas eléctricas, el Decreto 5750 establece que en lugar de usar la variación anual del dólar a una fecha fija, se usará el promedio del tipo de cambio oficial registrado durante los 365 días calendario anteriores. Para los bienes locales, se mantiene el cálculo basado en la inflación (IPC).
4. Entonces, ¿este cambio significa que subirá la factura de la luz?
No necesariamente.
El Decreto Supremo 5750 modifica la metodología técnica y matemática para hacer los cálculos y actualizaciones, pero la norma no establece por sí misma un aumento automático de precios para el consumidor final.
Que la tarifa suba, baje o se mantenga igual en las próximas revisiones dependerá de la combinación de varios factores económicos reales en el tiempo:
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El comportamiento de la inflación oficial (IPC).
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El comportamiento del promedio del tipo de cambio oficial del BCB.
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La proporción real de insumos importados que declare cada empresa en sus estudios tarifarios.
En conclusión, se trata de un ajuste administrativo y técnico a las fórmulas de cálculo de la industria eléctrica, no de la promulgación de un incremento directo en el costo del servicio.
En entrevista con Asuntos Centrales (1:13:40), el director ejecutivo de la Autoridad de Electricidad y Tecnología Nuclear, Arturo Dávalos, explicó que el mecanismo busca evitar variaciones bruscas en el costo final de la tarifa mediante el uso de promedios del tipo de cambio del dólar correspondientes a periodos de aproximadamente un mes. De esta manera, el cálculo toma como referencia el comportamiento del tipo de cambio durante ese periodo, en lugar de depender de una cotización puntual. (ver 1:13:40)
Zaratti: “Lo que busca ese decreto es que esas variaciones no sean demasiado fuertes”
Para conocer los efectos reales de esta normativa, Bolivia Verifica conversó con el analista en temas energéticos Francesco Zaratti, quien explicó que las modificaciones en las fórmulas buscan atenuar variaciones bruscas en los costos —como las del dólar o los combustibles— y no tienen como objetivo principal elevar las tarifas.
Tomando como referencia estimaciones de ingenieros eléctricos y de la Cooperativa Rural de Electrificación (CRE) en Santa Cruz, Zaratti calcula que el ajuste representaría entre el 1 % y el 3 % del valor de la tarifa. En términos prácticos, esto podría traducirse en un incremento de entre dos y tres bolivianos más al mes en las facturas, un monto que el especialista sugiere compensar mediante la adopción de hábitos de consumo eficiente.
“Si al final de mes tiene que pagar tres bolivianos más, puede ahorrar tres bolivianos durante el mes si usa inteligentemente la electricidad, si no deja focos encendidos innecesariamente, televisores, aparatos que estén funcionando cuando nadie los usa. Eso o una estufa eléctrica cuando no es necesario, cosas como esas.”
En resumen: ¿cuál es la diferencia entre ambas normas?
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Decreto Supremo 29598 (2008): Incorporó por primera vez la inflación y la variación del tipo de cambio en ciertas fórmulas de distribución eléctrica, fijando reglas generales para actualizar el valor de los equipos e infraestructura de las empresas.
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Decreto Supremo 5750 (2026): Mantiene la base del sistema anterior, pero precisa los periodos exactos para calcular el tipo de cambio promedio, ajusta el procedimiento para actualizar activos y establece nuevas reglas técnicas en otras fases del sector eléctrico.
En conclusión, la diferencia de fondo está en la metodología técnica para calcular y actualizar ciertos costos, y no en una subida o bajada automática de las tarifas. El impacto real en la factura de los usuarios dependerá de los datos económicos y las fórmulas que la autoridad reguladora aplique en cada revisión periódica.
MB