Todo lo que necesitas saber para viajar a los países vecinos

¿Quieres viajar a países con los que colinda Bolivia?, ¿qué se necesitas para ir a Argentina, Chile, Perú, Brasil y Paraguay?, ¿te debes hacer una prueba PCR?

Argentina, Chile, Perú, Brasil y Paraguay establecen diferentes medidas de bioseguridad para quienes ingresan a su territorio

¿Quieres viajar a alguno de los países vecinos?, ¿te gustaría saber qué necesitas para ir a Argentina, Chile, Perú, Brasil o Paraguay? Te contamos todos los detalles sobre las medidas de bioseguridad a continuación:

Argentina:

Según el Gobierno argentino, las medidas de ingreso a su territorio (vigentes hasta el primero de octubre) son:

  • Todas las personas que ingresen al país deberán completar una declaración jurada electrónica: https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php
  • Presentar un PCR negativo de 72 horas antes del abordaje.
  • Hacerse un test de antígenos al llegar y realizar el aislamiento preventivo obligatorio en los lugares que establezcan las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • También se deberán hacer otro PCR a los 7 días del arribo. Los costos de la estadía en los lugares de aislamiento y el costo de los testeos y las pruebas de secuenciación deberán ser asumidos por los pasajeros.
  • Quienes resulten negativos en la prueba realizada al arribo, deberán cumplir con el aislamiento obligatorio en los lugares que las autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires indiquen al efecto, según corresponda, en los términos del artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20, sus modificatorios y normas complementarias, por el término de 7 días desde la toma de la muestra del test realizado al momento de ingreso al país.
  • Quienes resulten positivo al test practicado al séptimo día de arribo al país, el laboratorio interviniente deberá arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra de laboratorio y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero o esa viajera, sobre la base de los mecanismos previstos para la trazabilidad de su ingreso y de traslado al lugar de aislamiento.

Las personas extranjeras autorizadas, además deberán adjuntar seguro médico COVID y tanto el PCR como el seguro serán requeridos para abordar.

Se amplía el cupo de ingreso de vuelos para argentinos, residentes y familiares directos de argentinos y residentes:

  • 11.900 plazas semanales desde el 7 de agosto hasta el 5 de septiembre.
  • 16.100 plazas semanales a partir del 6 de septiembre hasta el 1 de octubre.

Los corredores seguros de ingreso son: Aeropuerto Internacional de Ezeiza, Aeroparque Jorge Newbery, Aeropuerto de San Fernando y Terminal portuaria de Buquebus.

Se eliminan las restricciones de vuelos directos desde y hacia Brasil, Chile, Reino Unido y demás países que tenían limitación de vuelos.

Las fronteras se mantienen cerradas al turismo. La excepción para las fronteras terrestres es el comercio internacional, de lo contrario continúan cerradas para el tránsito.

Perú:

Según el Decreto Supremo N151-2021, publicado el sábado 4 de septiembre, a partir del lunes 6 de septiembre, los viajeros de cualquier nacionalidad y procedencia con excepción de Sudáfrica que tengan la vacunación completa contra COVID-19 podrán ingresar a Perú sin test ni cuarentena.

Esta nueva flexibilización es válida para los arribos por vía aérea, ya que se mantienen cerradas las fronteras terrestres con los países limítrofes.

Chile: 

Según el Gobierno de Chile (información actualizada al 03 de septiembre de 2021 a las 11:35 horas) estas son las medidas sanitarias que se deben cumplir para ingresar al país:

  • Excepciones a extranjeros no residentes: Que no hayan estado durante los últimos 14 días en países con transmisión comunitaria de SARS-CoV-2 y/o países que no hayan presentado casos producidos por variantes de preocupación del virus, según se determine por la Organización Mundial de la Salud, o con salvoconducto del consulado de origen.

Una vez cumplidas las excepciones anteriores, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Declaración jurada de viajeros: Está disponible de forma electrónica en el sitio web C19.cl. Debe ser completada hasta 48 horas antes del embarque al medio de transporte por medio del cual se ingrese al territorio nacional. La declaración será requerida por la aerolínea al embarcar y por la autoridad sanitaria al ingresar al país.
  • Test PCR: El resultado no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la hora de salida del último vuelo con destino final a Chile, en caso de entrar vía aérea. Si el viaje desde el punto de origen hasta territorio chileno contempla la utilización de varios medios de transporte, las señaladas 72 horas se contarán desde el embarque al último de estos. Los menores de dos años no requerirán este examen.

Requisito solo para extranjeros no residentes, que ingresarán por motivos excepcionales o con salvoconducto entregado por el consulado.

  • Seguro médico de viaje: El viajero debe adjuntar a la declaración jurada de viajeros un certificado de un seguro médico que cubra los gastos que pudieran ocasionar la asistencia médica, atención hospitalaria y repatriación, durante toda su estancia en el país, incluida la cobertura de cualquier gasto originado por COVID-19. El monto mínimo de cobertura para las prestaciones de salud deberá ser de USD $30.000. El certificado del seguro se deberá adjuntar a la declaración jurada de viajeros previo al ingreso del país.

Cuando ya se esté en el país:

  • Siete días de aislamiento (240 horas desde el control de aduana sanitaria en el punto de ingreso del país).
  • Debe realizar siete días de aislamiento estricto (o hasta que abandone el país si la permanencia es menor) sin importar el país de origen ni la región de destino en Chile.

Este aislamiento puede ser:

En domicilio si:

  • Los viajeros poseen su pase de movilidad habilitado o válido temporalmente al momento de ingreso al país.
  • Familias que viajan con menores de edad. Todo el grupo debe realizar el aislamiento en el mismo domicilio.
  • Otros motivos fundados, como: Aquellas personas que la autoridad sanitaria autorice mediante resolución, por motivos sanitarios. Aquellas personas que sean portadores de pasaportes diplomáticos u oficiales o sean funcionarios internacionales, que cuenten con autorización de la Dirección de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

En el domicilio:

Todos los habitantes que se encuentren en el domicilio declarado para realizar el aislamiento, también deberán realizar el mismo aislamiento de siete días, es decir, no puede entrar ni salir nadie del domicilio durante ese periodo.

No se podrá:

  • Abandonar el domicilio.
  • Utilizar la franja horaria deportiva Elige Vivir Sano.
  • Salir a pasear mascotas.
  • Salir a trabajar.
  • Asistir a establecimientos educacionales.
  • Usar el transporte público.
  • Usar permisos de Comisaría Virtual, pasaporte sanitario o pase de movilidad.

Importante: no se permite el ingreso a este lugar de ninguna persona que no resida ahí (visitas), con excepción de la autoridad sanitaria o un servicio de urgencia.

En hotel de tránsito acreditado por la autoridad sanitaria:

  • Los viajeros son mayores de edad sin pase de movilidad habilitado o validado temporalmente al momento de ingreso al país.
  • Personas con pase de movilidad que no tengan un domicilio a declarar al que puedan llegar en transporte privado de forma directa sin posibilidad de pernoctar ni de interactuar con otras personas.
  • Los siete días en el hotel de tránsito siempre serán costeados por la persona, independiente del motivo y de la fecha de salida del país.
  • La información de la reserva del hotel de tránsito debe ser ingresada conjuntamente con la declaración jurada del viajero (www.c19.cl).
  • Ya en el hotel de tránsito, las normas son las mismas que en el domicilio, las cuales explicamos anteriormente.

Paraguay: 

Las normas que el Ministerio de Salud Pública de Paraguay establece para el ingreso al país, son:

Viajeros que sean miembros del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Venezuela y está en proceso de adhesión Bolivia) y asociados deberán presentar:

  • Resultado de test de COVID-19 RT-PCR realizado en un tiempo no superior a 72 horas antes del viaje. No se aceptarán pruebas por antígenos o anticuerpos.
  • Ficha de declaración de salud del viajero, dentro de las 24 horas del embarque. Para acceder a la ficha de salud electrónica se debe ingresar a: https://bit.ly/2MfqRd4.
  • Las personas que hayan presentado la enfermedad de COVID-19, días previos del ingreso al país (de 14 a 90 días antes), deberán acreditar dicha situación mediante resultados laboratoriales. No será necesaria la presentación de un nuevo test.
    Viajeros que provengan de otras partes del mundo
  • Además del test COVID-19 RT-PC y la ficha de declaración de salud del viajero, tendrán que presentar un seguro médico internacional.
  • Viajeros que están obligados a guardar cuarentena.
  • Nacionales y extranjeros residentes en Paraguay que ingresen al país sin la presentación de resultado del Test RT-PCR. En este caso, el viajero deberá someterse al estudio del test dentro las 24 horas de su llegada al país y guardar aislamiento hasta obtener su resultado.
  • Si el resultado del test es positivo, permanecerá aislado por un periodo de 10 días. El aislamiento limita todo contacto con otra persona sana durante el período de mayor probabilidad de contagio de la enfermedad.
    Los viajeros deberán cumplir con distanciamiento físico en todo momento, uso de mascarilla en espacios compartidos, lavado de manos frecuente, ventilación de ambientes cerrados y otras medidas que el Ministerio de Salud del país disponga.

Brasil: 

Ingreso por vía aérea

Según la Ordenanza N° 655, del 23 de junio de 2021, los extranjeros pueden ingresar por vía aérea siempre que cumplan las exigencias de visa adecuada a su situación migratoria (en caso de turismo o negocios, si necesitan o no visa de visita) y presenten el documento de viaje adecuado (pasaporte o DNI).

El viajero de origen internacional, brasileño o extranjero, deberá presentar a la aerolínea responsable del vuelo, antes de embarcar:

Test RT-PCR para la detección de SARS-CoV-2 (coronavirus), con resultado negativo / no reactivo, realizado a más tardar 72 horas antes del momento del embarque:

  • En portugués, inglés o español.
  • Realizado en laboratorio reconocido por las autoridades del país de embarque
  • No requerido para niños menores de dos años
  • Niños de dos años o más y menos de doce años deben presentar el resultado del test si viajan solos
  • Niños de dos años o más y menos de doce años que viajen acompañados están exentos de presentar test, siempre que todos los acompañantes presenten la prueba con resultado negativo.

Declaración de salud del viajero completada (impresa o digitalmente), aceptando las medidas sanitarias que deben cumplirse durante el período en el país.

Ingreso por vía terrestre

Por la frontera terrestre, no pueden ingresar extranjeros no residentes. Están exceptuados de la restricción los padres, hijos, cónyuges y convivientes de personas con nacionalidad brasileña (situación que deberá estar comprobada por documentación original y apostillada).

Parientes no residentes de ciudadanos extranjeros con residencia regular en Brasil deben comunicarse con la oficinas consulares de su país en territorio brasileño. Otras situaciones específicas deben ser consultadas en la normativa actual.

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