Nuevas normas para fin en año en Cochabamba no incluyen las que regirán en Navidad y Año Nuevo

Por la subida de casos positivos COVID-19, el GAMC implementa nuevas medidas.

Tras el incumplimiento en la mayoría de actividades económicas y eventos, el Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba (GAMC) estableció nuevas disposiciones post confinamiento, las cuales se llevarán a cabo a partir de 16 al 31 de diciembre.

El uso de barbijo, el uso de alcohol en gel al 70%, el lavado constante de manos y el distanciamiento social de 2 metros son medidas primordiales del GAMC para prevenir la propogación del Covid-19.

Entre las nuevas disposiciones se establecieron horarios de circulación para la población en general:

• Lunes a sábado circulación de 05:00 am a 23:00 horas
• Domingos 05:00 am a 18:00 horas

En estos horarios se exceptúa las siguientes actividades:

• Domingo 27 de diciembre, con circulación permitida de 05:00 am a 20:00 horas.
• Para Año Nuevo, 31 de diciembre y 1 de enero, se tendrá una regulación específica de acuerdo a nuevas disposiciones para el 2021.
• Los servicios de entregas a domicilio podrán circular de 09:00 a 23:00.
• Actividades municipales 24 horas/7 días.
• Sistema de Salud 24 horas/7 días.
• Fuerzas Armadas 24 horas/7 días.
• Policía Nacional Boliviana 24 horas/7 días.
• Empresa de telecomunicaciones 24 horas/7 días.
• Medios de Comunicación 24 horas/7 días.

Circulación según actividades:

• Transporte público y privado de lunes a sábado de 05:00 a 23:00 horas; domingos de 05:00 a 18:00 horas.
• Actividades económicas, mercados, ferias, mayoristas, proveedores y tiendas de barrio de lunes a sábado de 05:00 a 22:00 horas; domingos de 05:00 a 17:00 horas.
• Banca, construcción, industria bienes y servicios y minería de lunes a sábado 05:00 a 22:00 horas; domingos de 05:00 a 17:00 horas.
• Actividades religiosas de lunes a sábado 06:00 a 20:00 horas; domingos de 06:00 a 17:00 horas
• Hoteles, alojamientos y relacionadas de lunes a sábado 05:00 a 22:00 horas; domingos de 05:00 a 17:00 horas.
• Actividades deportivas y gimnasios de lunes a sábado 05:00 a 22:00 horas; domingos de 05:00 a 17:00 horas.
• Piscinas de lunes a sábado 09:00 a 22:00 horas; domingos de 09:00 a 17:00 horas.
• Parques de lunes a sábado 09:00 a 21:00 horas; domingos de 09:30 a 17:00 horas
• Cines y teatros de lunes a sábado 09:00 a 22:00 horas; domingos de 09:00 a 17:00 horas.
• Restaurantes y cafeterías de lunes a sábado 05:00 a 22:00 horas; domingos de 05:00 a 17:00 horas.
• Cementerio de lunes a sábado 07:00 a 17:00 horas; domingos de 07:00 a 13:00 horas.
• Estadio de lunes a sábado 05:00 a 22:00 horas; domingos de 05:00 a 17:00 horas

Por otro lado, las actividades prohibidas son:

• Aglomeraciones y concentraciones masivas.
• Actividades nocturnas de bares, discotecas, Karaokes y otras relacionadas posteriores a las 22:00 horas.

De incumplir estas medidas, las sanciones serán coordinadas por el GAMC con la policía boliviana, Fuerzas Armadas y la fiscalía de jurisdicción municipal:

• Multa económica de Bs 1000 a 2000, conforme a la gravedad de la infracción.
• Retención de vehículos por 72 hrs.
• Suspensión parcial y/o definitiva de la patente o licencia de funcionamiento conforme a la normativa vigente.
• Acciones penales por atentado a la salud pública.

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