No se necesita presentar el certificado de sufragio para cobrar el Bono Contra el Hambre

El Tribunal Supremo Electoral determinó que no se debe presentar el certificado de sufragio para esta única transacción

El Tribunal Supremo Electoral determinó que no se debe presentar el certificado de sufragio para esta única transacción

¿Podrás cobrar el Bono Contra el Hambre si no presentas el carnet de sufragio? Publicaciones en Facebook mencionan que no se necesita el documento que acredita el sufragio para cobrar dicho bono. Esta información es verdadera, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) determinó que se pueda cobrar el beneficio sin la presentación del documento; por lo que únicamente necesitarás tu carnet de identidad.

En redes sociales surge la duda entre los usuarios, ¿se necesita el carnet de sufragio? Recordemos que luego de las Elecciones Generales 2020, del 18 de octubre, las entidades financieras solicitan de forma obligatoria este documento para poder realizar transacciones. La norma estipula que este procedimiento es obligatorio hasta 3 meses después de la jornada electoral, es decir, hasta el 19 de enero de 2021.

Bolivia Verifica tomó contacto con Mabel Bilbao, encargada del área de comunicación del TSE, quien indicó que para cobrar el Bono Contra el Hambre no se necesitará presentar el carnet de sufragio. Así lo determinó el TSE, mediante un comunicado oficial, emitido por la institución el 2 de diciembre de 2020. El mismo también se encuentra disponible tanto en la página web del tribunal como en la página oficial de Facebook.

Comunicado emitido por el TSE

Sin embargo, Bilbao recalcó también que esta es una única excepción, pues el resto de transacciones bancarias requerirán de la presentación del carnet de sufragio para poder realizarlas. Únicamente el cobro del Bono Contra el Hambre podrá omitir este requerimiento.

¿Quiénes pueden cobrar este bono?

– Mayores de 18 años al 16 de septiembre de 2020.

– Beneficiarios del Bono Universal.

– Personas que no reciben ningún tipo de remuneración salarial del sector público ni privado.

– Mujeres que perciben el Bono Juana Azurduy.

– Personas con discapacidad visual que reciben el Bono de Indigencia.

– Personas con discapacidad grave o muy grave registrados en el Sistema de Información del Programa de Registro Único Nacional de las Personas con Discapacidad.

– Los asegurados Independientes en el Sistema Integral de Pensiones.

Si deseas saber más sobre el Bono Contra el Hambre léelo aquí.

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